Existe consenso en la humanidad de que la desaparición forzada de personas es una grave violación a los derechos humanos y que su práctica sistemática es un crimen de lesa humanidad de carácter imprescriptible, frente al cual los Estados deben garantizar políticas de memoria histórica, verdad, justicia y reparación para las víctimas, sus familiares y la sociedad en su conjunto.
Conforme a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, esta práctica se entiende como “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.
También indica, en forma categórica, que “en ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como Estado de Guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la desaparición forzada”. Del mismo modo, precisa que su práctica generalizada o sistemática “constituye un crimen de lesa humanidad tal como está definido en el derecho internacional aplicable y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional aplicable”.
Chile es uno de los países que en su historia reciente fue golpeado por graves violaciones a los derechos humanos, las cuales incluyeron la práctica sistemática de la persecución, la detención, tortura, exterminio y desaparición forzada de personas.
Pese a que la dictadura civil–militar, sus partidarios y los medios de comunicación intentaron negar la existencia de los detenidos/as desaparecidos/as, hablando de unos “presuntos desaparecidos”, la verdad terminó por imponerse, en gran medida por la labor de la Iglesia Católica, en tiempos del cardenal Raúl Silva Henríquez, y de las agrupaciones de familiares, que resistieron el acoso represivo y las calumnias, en una conmovedora expresión de amor y coraje. Hoy solamente un puñado de extremistas persevera en negar lo innegable.
Cabe destacar el papel clave de los organismos de derechos humanos para la adopción de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994), así como la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (2006).
En América Latina y El Caribe, el 30 de agosto fue propuesto en 1981 por la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Fedefam) como Día Internacional del Detenido Desaparecido. Luego, en 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció esa fecha como el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.
Desde entonces, los lemas conmemorativos han sido elocuentes: “Un acto que niega la esencia misma de humanidad”, “Las familias y las ONG que luchan por los derechos de las víctimas necesitan apoyo y protección”, “Eliminar todos los obstáculos en la búsqueda de los desaparecidos”, “En el derecho internacional, la búsqueda y la investigación son obligatorias, no opcionales”, “Las familias y las sociedades tienen derecho a conocer la verdad” y “La desaparición forzada, planificada y sistemática, constituye un crimen de lesa humanidad”, entre otros.
El Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas es una oportunidad para rememorar a las víctimas, acompañar a sus familiares y demandar al poder público para que se adopten todas las medidas necesarias que garanticen memoria, verdad y justicia, además de reparación y garantías de no repetición.
Es una circunstancia para reinstalar la aspiración de “Nunca Más”, con la mirada puesta en el futuro, en un destino en que el respeto a los derechos fundamentales de todas las personas se haga costumbre.
Es también un momento para recordar las palabras de Bernardo O’Higgins, quien en los albores de la Independencia llamaba “a cuidar que todos los derechos sean realmente garantidos, porque de otro modo vacila la autoridad, la seguridad y todos los fundamentos de la sociedad y la prosperidad se conmueven y se anulan”.
Por Víctor Osorio Reyes. El autor es Coordinador del Programa de Derechos Humanos y Ciudadanía de la Universidad Tecnológica Metropolitana – UTEM.
Santiago, 30 de agosto de 2024.
Crónica Digital.