Conozca la norma de compensación por horas de corte de electricidad

El corte de luz producto del sistema frontal lleva más de 72 horas, dejando a casi 470 mil afectados solo en la Región Metropolitana. Muchos de los consumidores se preguntan cómo las empresas eléctricas van a compensar estas horas sin servicio, aquí te responderemos algunas dudas.

El primer punto es considerar que para que exista compensación a los consumidores, se debe abrir una investigación por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), quien determinará si el corte de luz fue provocado por fuerza mayor o “caso fortuito”, en estos dos casos la responsabilidad no es de la compañía.

Pero SEC define que cualquier falla no  puede ser considerada de “fuerza mayor” y que además debe estar sujeto a compensación.

Asimismo, en el segundo punto debemos considerar para la compensación, es la duración del corte de luz.

En abril de este año comenzó a regir la actualización de la “Norma Técnica de Calidad de Servicio Eléctrico para Sistemas de Distribución” de la Comisión Nacional de Energía (CNE). 

En esta actualización del reglamento, determina los tiempos máximos de corte que pueden tener una distribuidora por comuna en un año.

Producto que existen más de una empresa distribuidora de electricidad, esta norma creó una categoría de comuna- empresa con los siguientes parámetros : alta densidad, admite hasta 9 horas corte sin compensación. Media densidad, 10 horas de corte. Las de baja densidad 14 horas, muy baja densidad 16 horas y extremadamente bajas 18 horas. ver recuadro

Ejemplo: En la comuna de Ñuñoa el límite máximo de corte sin compensar es 9 horas, y Melipilla 18.

Otro ejemplo  por empresa, en la comuna de Colina existen dos empresas distribuidoras EEC y ENEL , la primera son 10 horas y en la segunda 16 horas de corte.

El académico del departamento de ingeniería eléctrica de la Universidad de Santiago, Humberto Verdejo , explicó en LUN que “la compensación será equivalente entre cinco a seis veces el costo de la tarifa que paga cada familia”.

Sigue “Por ejemplo si una familia lleva 14 horas de corte y vive en Santiago, que es de alta densidad, la empresa tendrá que compensar por cinco horas y estas cinco horas se compensan al valor de la tarifa, pero multiplicada por un factor que es entre cinco o seis veces”. dice.

“En resumen, la empresa devuelve el tiempo de no suministro valorizado a la tarifa, pero castigada entre cinco y seis veces “ dice el académico.

Esta norma tiene la característica de incentivar y mejorar el suministro eléctrico y mejorar los estándares de servicio de las compañías eléctricas.

Santiago de Chile, 5 de agosto 2024
Crónica Digital/Conadecus.cl

 

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