El abogado en derechos humanos Nelson Caucoto consideró hoy como ejemplar el trabajo de la Corte Suprema de Chile, al ratificar la condena a nueve exmilitares por el secuestro y asesinato de tres jóvenes en 1973.
De acuerdo con el jurista, el veredicto del máximo tribunal impidió que hechos tan graves como la sustracción ilícita y posterior fusilamiento de Juan Guillermo Cuadra, de 26 años, Carlos Manuel Ortiz (18) e Ignacio del Tránsito Santander (17), queden impunes.
Las víctimas fueron secuestradas en sus domicilios en la localidad de Paine, actual Región Metropolitana, y trasladadas a la Escuela de Infantería de San Bernardo en septiembre de 1973.
En ese lugar los sometieron a torturas durante varios días y luego los fusilaron entre el 5 y 6 de octubre.
Los cuerpos de Guillermo Cuadra y Manuel Ortiz fueron trasladados al Servicio Médico Legal y sepultados en el patio 29 del Cementerio General, pero se desconoce el paradero de los restos de Tránsito Santander.
En octubre de 2023 la Corte de Apelaciones de San Miguel ratificó las condenas contra los militares implicados en estos crímenes, sin embargo, sus defensores plantearon varios recursos con el propósito de impedir su ingreso a prisión.
Finalmente, la Corte Suprema desechó todas las apelaciones y dictó las penas definitivas contra los culpables.
De esta manera Jorge Eduardo Romero, Alfonso Faúdez, José Hugo Vásquez y Jorge Fernando Reyes cumplirán 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, es decir que no tendrán derecho a ninguna rebaja en su condena.
Mientras, Escipión Pedro Escobar, Carlos Enrique Durán, Carlos del Tránsito Lazo, Jorge Segundo Saavedra y Víctor Reinaldo Sandoval estarán en la cárcel durante 10 años y un día.
Caucoto aseguró que este fallo es tremendamente importante, pues hace justicia a tres jóvenes martirizados y ejecutados al margen de la ley por militares y es también una forma de reparación para sus familiares.
Santiago de Chile, 14 de julio 2024
Crónica Digital/PL