La Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago dictaron sendas sentencias en contra de ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por delitos de secuestro calificado de víctimas que pasaron por el centro de detención clandestino de Londres 38.
En el primer caso, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas– rechazó el recurso de casación presentado en contra del fallo dictado por el secuestro de María Cecilia Labrín Saso, ilícito perpetrado a partir del 12 de agosto de 1974, en la comuna de Las Condes.
En la resolución (causa rol 17037-2013), máximo tribunal confirma el fallo dictado –el 25 de abril de 2013– por el ministro de fuero Leopoldo Llanos Sagristá, que condenó como autores del delito a los ex integrantes de la DINA:Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Luis Moren Brito yBasclay Humberto Zapata Reyes, a penas de 10 años y un día de presidio. Asimismo, la Sala Penal ratificó la sanción de 8 años de presidio para Basclay Zapata Reyes, por su participación en los hechos.
En el aspecto civil, se ratificó la condena que ordena al fisco pagar $100.000.000 (cien millones de pesos), por daño moral, a familiares de la víctima.
En esta investigación se logró establecer que: “El inmueble de calle Londres N°38, que había sido sede del Partido Socialista, era un recinto secreto de detención y tortura de la DINA; funcionó como tal desde fines de 1973 hasta, aproximadamente, los últimos días de septiembre de 1974; llegó a contar hasta unos sesenta detenidos, los que permanecían con la vista vendada reunidos en una amplia sala, muchos en el suelo. Desde esa sala común los detenidos eran sacados continuamente a otras dependencias, incluso a una que tenía un catre de fierro en que, desnudados, les aplicaban corriente eléctrica, para obtener información de otros opositores al gobierno militar y lograr su detención”.
El 12 de agosto de 1974, alrededor de las 22 horas, continúa, “agentes de la DINA llegaron al domicilio de María Cecilia Labrín Saso, asistente social, militante del MIR, embarazada de poco más de dos meses, quien se encontraba en compañía de su madre y hermanas, tres sujetos de civil, los que luego de identificarse como pertenecientes al Servicio de Inteligencia de Carabineros y sin exhibir orden alguna de detención, le manifestaron que deseaban hablar con ella en relación a su trabajo en la CORVI y que no le tomaría más de media hora por lo que debían trasladarla a la 23º Comisaría de la Reina. María Cecilia accedió a levantarse de la cama en la cual estaba haciendo reposo, debido a que su embarazo presentaba dificultades y los acompañó. Como esa noche María Cecilia no regresó a su hogar su madre acudió a la citada Comisaría y le informaron que nada sabían al respecto y que no tenían detenidos en ese momento; desde aquel nunca más volvió a ver a su hija, sin que hasta la fecha ésta haya tomado contacto con sus familiares, ni realizado gestiones ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción”.
Secuestro de Sergio Riveros Villavicencio
En el segundo caso, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago –integrada por las ministras María Soledad Melo, Ana Cienfuegos y el abogado Rodrigo Asenjo– dictó sentencia por el secuestro de Sergio Riveros Villavicencio, ilícito perpetrado a partir del 15 de agosto de 1974, en Santiago.
En la resolución (causa rol 3099-2011), la sala condenó por su participación en los hechos a los ex miembros de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Basclay Zapata Reyes y Nelson Paz Bustamante, a penas de 8 años de presidio.
En el aspecto civil, se ordena al fisco pagar una indemnización de $90.000.000 (noventa millones de pesos) a familiares de la víctima.
De acuerdo a los antecedentes del proceso, “Sergio Alberto Riveros Villavicencio, de 32 años de edad, casado, tipógrafo, militante del Partido Comunista, fue detenido el 15 de agosto de 1974, alrededor de las 13.15 horas, desde su domicilio por agentes de la DINA, del denominado grupo “Halcón”, quienes se encontraban acompañados por Luz Arce, la cual conocía su identidad y paradero y fue conducido hasta el referido recinto clandestino de detención de calle “Londres 38″, lugar donde fue visto por varios testigos, perdiéndose todo rastro suyo hasta la fecha, sin que el privado de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que el tribunal haya podido acreditar una eventual liberación y sin que conste, tampoco, su defunción”.
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ICA Santiago |
Santiago de Chile, 9 de octubre 2014
Crónica Digital / Agencias