“RADIOS COMUNITARIAS NO PUEDEN SEGUIR SIENDO CRIMINALIZADAS”, AFIRMA NAVARRO

Esta mañana la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado iniciará el estudio del proyecto de ley (Boletín Nº 10.456-19) que elimina la pena de cárcel para la radiodifusión no autorizada. Para el análisis de esta iniciativa fue invitada la académica del Instituto de la Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile, Chiara Sáez Baeza.

En este sentido, el senador del MAS Alejandro Navarro, quien es autor de la iniciativa legal, explicó que “este proyecto de ley busca terminar con la criminalización a las radios comunitarias amparada en el artículo 36B letra a de la ley General de Telecomunicaciones vigente en Chile desde el año 1989, lo que significa eliminar una importante barrera para el ejercicio pleno de la libertad de expresión”.

Para el líder del MAS “no es posible que en democracia se sigan silenciando voces con armas normativas de la dictadura. La libertad de expresión y el derecho a comunicar, es la piedra angular de una sociedad democrática, por lo que con este proyecto solo estamos poniéndonos al día”.

Navarro sostuvo que “solo durante el año 2015 se allanaron seis radios comunitarias, a las que además les requisaron sus equipos para que no puedan seguir transmitiendo, por el solo hecho de no contar con autorización de la Subsecretaria de Telecomunicaciones”.

Agregó que “tal es el caso de la Radio Aukan de Rancahua la que fue allanada en diciembre de 2015 por la PDI, donde se requisó un transmisor y un computador. En la oportunidad, se realizó la detención de dos personas, entre ellos Francisco Orellana, presidente de la agrupación, y en calidad de testigo quien arrendaba el centro cultural donde funcionaba la emisora. Ambos, hoy arriesgan pena de cárcel”.

El legislador manifestó que “esto está en directa contravención del Derecho Internacional, especialmente a lo expresado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señala ‘La libertad de expresión no se agota en el reconocimiento teórico del derecho de hablar o escribir, sino que comprende además, inseparablemente, el derecho a utilizar cualquier medio apropiado para difundir información y hacerla llegar al mayor número de destinatarios’.

Asimismo el parlamentario expuso que “esta norma se contrapone además con lo expresado en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, OEA, que indica en su numeral 1 ‘Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de  expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección’”.

Del mismo modo indicó que “esta Convención señala en su numeral 3 que ‘No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones’”.

Finalmente el senador Navarro se mostró optimista en que esta moción legislativa avance en su trámite legislativo y “se termine con la persecución hacia las radios comunitarias, que solo ejercen el derecho a libre expresión y el derecho social a comunicar a los ciudadanos”.

Santiago de Chile, 19 de enero 2016
Crónica Digital

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