El día de ayer, miércoles 13 de enero, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió recurso de amparo presentado por el Cabo 2° del Ejército Christian Reyes Lara, quien fuera desvinculado de la institución en octubre de 2015 por uso medicinal de cannabis.
Fue en ese mes cuando Reyes Lara cumplía funciones en el Cuartel General de Antofagasta, y dio positivo al uso de cannabis en una muestra de orina.
“Al entregarle el resultado, la institución no tomó en cuenta el certificado médico, y fue desvinculado sin poder apelar, por lo que presentamos el recurso de amparo que hoy la Corte dio sentencia favorable”, comentó Amparo Gutiérrez, cónyuge del afectado.
Todo se remonta hace aproximadamente un año y medio cuando Reyes Lara comenzó con el tratamiento con cannabis debido a un cáncer testicular con metástasis pulmonar. “Desde que empezó con el tratamiento tuvo muy buenos efectos: se levantaba de la cama, comía y se duchaba por sus propios medios, pero desde que fue desvinculado no ha podido seguir con el tratamiento ni los controles, lo que ha hecho que los malestares físicos reaparezcan”, agregó Gutiérrez.
Ante esto mismo, Amparo Gutiérrez agregó que “se debería respetar la salud y la vida privada en el Ejército, y la institución debe reconocer que las leyes son para todos los chilenos, deben aceptar que son parte del país y no un país aparte”.
Por su parte, el Abogado de la Revista Cáñamo, Pedro Mendoza, comentó que “el fallo es muy importante porque reconoce la calidad de usuario medicinal que tiene el funcionario del Ejército y que fue exonerado”, y agregó que “es positivo que la Corte reconozca que era evidente la vulneración de los derechos del individuo”.
Por otro lado, la Directora Ejecutiva de la Fundación Daya, Ana María Gazmuri, señaló que “el artículo 14 de la ley 20.000 permite el uso de cannabis con fines medicinales en las Fuerzas Armadas, por lo que la institución debe respetarlo”.
Además, Gazmuri agregó “que la Corte falle a favor de Reyes Lara marca un precedente muy importante para que se respete el derecho a la salud y a la dignidad de las personas, ya que sus razones por las cuales hacía uso de cannabis no fueron escuchadas, y además quedó sin acceso a cuidados médicos lo que nos parece grave”, y sentenció que “este fallo muestra la manera correcta de interpretar la ley”.
Santiago de Chile, 14 de enero 2016
Crónica Digital