El gobierno de Chile prometió hoy acatar el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y tomar las provisiones correspondientes para resarcir a los afectados por condenas amparadas por la ley antiterrorista.
La cancillería chilena indicó que tomó nota del dictamen de la corte y procederá a adoptar las medidas necesarias.
Lorena Fries, directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, destacó que el fallo señala la necesidad de adecuar la legislación antiterrorista en relación con aspectos procesales como el uso de testigos protegidos y con reserva. Asimismo, prosiguió Fries, llama a la necesidad de adecuar las prisiones preventivas que han sido usadas de manera abusiva en estos casos y que deben ir en la línea del principio de protección a la familia.
La Corte ordenó a Chile dejar sin efecto las sentencias por terrorismo contra siete mapuches y una activista por unos hechos ocurridos en 2001 y 2002 en las regiones de Biobío y la Araucanía.
Procesados por la ley antiterrorista vigente por provocar incendios entre otras cosas, los inculpados debían enfrentar sanciones de entre cinco y 10 años de cárcel, las cuales en su mayoría ya fueron cumplidas.
La actual administración de Michelle Bachelet trabaja para cambiar de una vez la legislación, que se aplicó contra los mapuches en el pasado en diversas ocasiones.
Sin embargo, mientras tanto deberá suprimir los antecedentes judiciales, administrativos, penales o policiales que existan en contra de las ocho víctimas del caso, y sacarlos de cualquier tipo de lista que los relacione con actos terroristas.
Chile deberá brindar de forma gratuita el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas de este caso, otorgar becas de estudio a sus hijos y pagar indemnizaciones económicas entre 50 mil y 100 mil dólares a cada uno.
El conflicto mapuche, focalizado en el tema de la propiedad de la tierra, básicamente en la Araucanía, enfrentó a la comunidad indígena con empresas agrícolas y forestales que detentan las propiedades de los terrenos reclamados.
La Corte encontró que en las sentencias condenatorias se utilizaron razonamientos estereotipados y prejuicios, lo cual configuró una violación del principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley.
Trasgresiones de los derechos de la defensa de interrogar a los acusados y de recurrir los fallos, se mencionan en los expedientes de Segundo Aniceto Norín, Pascual Huentequeo Pichún, Florencio Jaime Marileo, José Benicio Huenchunao y Florencio Jaime Marileo.
Además, Juan Patricio Marileo, Juan Ciriaco Millacheo y Patricia Roxana Troncoso.
Santiago de Chile, 30 de julio 2014
Crónica Digital / PL