El diputado Hugo Gutiérrez se refirió a la propuesta que se analiza para el uso de tobilleras eléctricas en aquellos condenados por violencia intrafamiliar. El parlamentario sostuvo que junto a las medidas paliativas se debe avanzar en un cambio cultural en Chile, donde predomina el sexismo y el machismo.
En ese contexto, el diputado por la región de Tarapacá, Hugo Gutiérrez, sostuvo que “existe una serie de medidas que se van a tomar en nuestro país para evitar que exista la violencia hacia la mujer. Aquí lo que tenemos es un gran problema cultural y mientras no lo abordemos como corresponde, al final del día si tenemos miles de brazaletes, la solución no va a estar”.
Gutiérrez agregó que “hoy estamos en una sociedad sexista, jerarquizante, totalitaria, donde existe este culto al sexo y al machismo. Lo que se requiere es hacer un cambio importante a la cultura de los chilenos de considerar como su propiedad a la mujer. Mientras no haya ese cambio radical, todos estos paliativos no van a generar una solución”.
El representante de Tarapacá igualmente se refirió a la determinación de la Corte Suprema de objetar control de identidad con un hombre que se ocultó de Carabineros, por considerar que el solo hecho de que el imputado se ocultara de los policías no era suficiente para que se configurara el indicio de la comisión de un delito, lo que exige la ley actual para un control de identidad.
“Me parece que en un Estado de derecho el Poder Judicial tiene diversos roles. Uno de ellos es garantizarles a todos los chilenos y chilenas el respeto de sus derechos esenciales. Hoy el código procesal penal, sin duda señala que para detener a una persona se requieren de indicios de que una persona cometerá un ilícito o viene de cometer uno. Si esos indicios no existían y se le detuvo a esa persona y se le hizo un control preventivo de identidad, la Corte Suprema ha resuelto correctamente. Puede que a algunos no les guste, o a cierto sector no le guste, pero esa es la ley”, sostuvo Gutiérrez.
El parlamentario agregó que “hoy ese artículo del código procesal penal fue modificado. Ya no se requieren indicios como era antes, si no que un indicio en virtud de la agenda corta. Hoy sin duda hay más posibilidades que el control preventivo se pueda realizar producto de la agenda corta recién aprobada. Todos aquellos que están reclamando contra este fallo, hay que señalarles que se hizo bajo un artículo que hoy ya no existe, así que quienes se han pronunciado respecto a ese articulado, ya fue modificado por aquellos que creen que pueden detener a una sin la existencia de ninguna orden”.
Santiago de Chile, 15 de junio 2016
Crónica Digital