El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, dictó auto de procesamiento por los delitos de secuestro simple y homicidio calificado del cantautor Víctor Jara Martínez y del ex director del Servicio de Prisiones, Littré Quiroga Carvajal, ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en el Estadio Chile.
En la causa, el ministro Vázquez sometió a proceso a los ex miembros del Ejército Hernán Chacón Soto yPatricio Vásquez Donoso, en calidad de autores; y a Ramón Melo Silva, como encubridor, según informó el portal del Poder Judicial chileno.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en el proceso, el magistrado dio por establecidos los siguientes hechos:
“A) Que el día 11 de septiembre de 1973, el hasta esa fecha Director General del Servicio de Prisiones, Littré Abraham Quiroga Carvajal -quien se encontraba con licencia médica en su domicilio y entre las personas llamadas a presentarse ante el Ministerio de Defensa por el primer Bando Militar-; se constituyó en su despacho de la Dirección General de Prisiones ubicado en calle Rosas esquina de calle Teatinos. Posteriormente, en horas de la noche de ese día 11 de septiembre, una patrulla de Carabineros pertenecientes a la Tercera Comisaría de Santiago, en conocimiento que Littré Quiroga se encontraba en la Dirección General de Prisiones, lo conminó a salir de su oficina y entregarse, trasladándolo inmediatamente a dicha Unidad Policial, siendo luego conducido al Regimiento Blindados N° 2, donde fue sometido a apremios físicos y, en las horas subsiguientes, al entonces Estadio Chile (actual Estadio Víctor Jara).
B) Que, ese mismo día 11 de septiembre de 1973, a raíz de la asunción del Gobierno Militar de facto, la entonces Universidad Técnica del Estado, fue sitiada por efectivos del Regimiento “Arica” del Ejército de Chile, provenientes de la ciudad de La Serena, a cargo del entonces Capitán Marcelo Moren Brito; quienes procedieron el día 12 de septiembre de 1973, previo disparos de proyectiles de diversa naturaleza, a ocupar sus dependencias y a la detención de docentes, alumnos y personal administrativo que se encontraban en el establecimiento educacional; personas que luego fueron trasladadas en buses de locomoción colectiva hasta el entonces Estadio Chile (actual Estadio Víctor Jara). Entre los docentes aprehendidos, se encontraba el cantante popular y también investigador de dicha Universidad, Víctor Lidio Jara Martínez, quien ingresó al Estadio Chile junto con el referido grupo de detenidos, para posteriormente ser ubicado con éstos en las graderías de dicho recinto deportivo.
C) El Estadio Chile, lugar de detención masiva, había sido habilitado como tal, por medio de la coordinación del Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile, correspondiendo su resguardo interior a efectivos provenientes de distintas Unidades Militares, entre ellos: el Regimiento “Tejas Verdes” de la ciudad de San Antonio, el Regimiento “Blindados N°2” de Santiago, Regimiento “Esmeralda” de la ciudad de Antofagasta y el Regimiento “Maipo” de Valparaíso.
D) Que las referidas detenciones fueron decididas por las autoridades administrativas sin orden judicial de ninguna naturaleza y bajo ningún procedimiento, y el encierro en el Estadio Chile, que era un lugar que se ocupaba para espectáculos deportivos y culturales, fue decidida por las autoridades que estaban a cargo del mismo, sin facultad para ello, sin haberse dejado constancia de la identidad de los detenidos, motivo y cargos a los mismos.
E) Que, durante los respectivos períodos de su detención, tanto Víctor Jara Martínez como Littré Abraham Quiroga Carvajal fueron, reconocidos por el personal militar instalado al interior del Estadio Chile, siendo separados del resto de los prisioneros, para posteriormente, ser llevados a otras dependencias ubicadas en los camarines, ocupadas como salas de interrogatorios y apremios, donde fueran agredidos físicamente en forma permanente, por distintos Oficiales.
F) Que, entre los días 13 y 16 de septiembre de 1973 se desarrollaron interrogatorios a detenidos al interior del Estado Chile, sin que ellos obedecieran a procedimientos judiciales y/o administrativos previos, algunos de los cuales fueron practicados por personal de la Segunda Fiscalía Militar de la época; y, entre otros, fueron interrogados Víctor Lidio Jara Martínez y Littré Abraham Quiroga Carvajal.
G) Que, el día 16 de septiembre de 1973, se procedió al traslado de todos los detenidos del Estadio Chile, con excepción de Víctor Lidio Jara Martínez, Littré Quiroga Carvajal y Danilo del Carmen Bartulín Fodich, los que fueron separados del grupo por el encargado militar de dicho recinto, ordenando que fueran llevados al subterráneo, sector camarines, donde había personal militar; instantes en que Bartulín fue llamado desde el primer piso, para ser llevado a un vehículo en el cual fue trasladado al Estadio Nacional, junto a otros detenidos, quedando en los camarines, en lugares diferentes, Víctor Lidio Jara Martínez y Littré Quiroga Carvajal; oportunidad en que se les dio muerte a ambos, hecho que se produjo a consecuencia de, al menos, 44 impactos de bala y 23 impactos de bala, respectivamente, en todos los casos de calibre 9,23 milímetros, según se precisa en los correspondientes informes de autopsia, armamento que se utilizaba oficialmente por los Oficiales del Ejército que se encontraban en dicho recinto.
H) Que, los cadáveres de Víctor Lidio Jara Martínez y de Littré Quiroga Carvajal, fueron encontrados en los días posteriores, junto a los cadáveres de otras tres personas más de identidad desconocida -muertas igualmente por proyectiles balísticos-, por pobladores en las inmediaciones del Cementerio Metropolitano, en un terreno baldío cercano a la línea férrea, con signos evidentes de haber recibido golpes y los impactos de bala detallados en los respectivos informes de autopsia”.
En la causa, entre diciembre 2012 y enero de 2013, el ministro Vázquez sometió a proceso como responsables de los homicidios de Víctor Jara y Littre Quiroga a los miembros del Ejército: Hugo Sánchez Marmonti y Pedro Barrientos Núñez, en calidad de autores; y a Roberto Souper Onfray, Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Hasse Mazzei, Luis Bethke Wulf y Jorge Smith Gumucio, como cómplices.
Respecto del procesado Pedro Barrientos Núñez, en enero de 2013, la Corte Suprema solicitó su extradición a Estados Unidos, donde reside; sin embargo, aún dicho país no dado respuesta a la petición.
Santiago de Chile, 3 de septiembre 2014
Crónica Digital / Agencias
Ministro en visita sometió a proceso a los ex miembros del Ejército Hernán Chacón Soto y Patricio Vásquez Donoso, en calidad de autores; y a Ramón Melo Silva, como encubridor.