La Bancada del Partido Comunista y la Izquierda Ciudadana rechazó esta mañana en la Sala de la Cámara de Diputados, la iniciativa que incluye la condición impuesta para ingresar al Visa Waiver Program, para cuya aplicación Chile debe cumplir con el compromiso de celebrar un acuerdo en materia de prevención y combate del delito grave con los Estados Unidos.
Los parlamentarios decidieron no apoyar el proyecto por diversos argumentos de consideración política y jurídica que se esgrimen a la opinión pública a continuación:
1. El acuerdo atenta contra derechos básicos de las personas establecidos en el ordenamiento jurídico nacional, entre ellos la igualdad ante la ley y el derecho a la defensa judicial al permitir que se lleven a efecto investigaciones en otro país con datos de ciudadanos chilenos entregados por la autoridad chilena; el derecho a la protección de la vida privada y la honra, al tener un registro automatizado de los datos personales, huellas dactilares y ADN que puede ser consultado a voluntad de instituciones como el FBI y las policías norteamericanas.
2. El acuerdo se inscribe en el marco de una cuestionada política norteamericana denominada “guerra contra el terrorismo”, que ha servido tantas veces como excusa para el intervencionismo en diversos países del mundo que han visto abiertamente amenazado su legítimo derecho de autodeterminación. Cabe agregar, que dentro de la discusión en cuestión se ha puesto como ejemplo a los numerosos países de la Unión Europea que están dentro del programa. Pero se ha omitido mencionar aspectos relevantes, como que Reino Unido ha firmado el acuerdo de Visa Waiver, sin la obligatoriedad de suscribir un convenio de incremento en la cooperación en la prevención del delito grave. También se ha omitido mencionar que acuerdos bilaterales de esta naturaleza ya han sido objeto de críticas por parte de la Unión Europea.
3. El acuerdo abre la posibilidad de acceder a datos personales no sólo de quienes resulten culpables de “delitos graves”; sino también, de cualquier chileno, al establecer que basta pedirlos en virtud de relacionar a cualquier persona con sospechas de colaborar con el “terrorismo”. En ese marco, permite conocer estadísticas de viaje de chilenos a países calificados como “terroristas” o “colaboradores con el terrorismo” por el gobierno de Estados Unidos.
4. El acuerdo no garantiza el debido proceso que debiera contar con la concreción de condiciones mínimas: juez pre-constituido por ley, independiente e imparcial; defensor elegido por la parte, igualdad de tratamiento de las partes, recursos que permitan impugnar las sentencias, entre otros. Cabe destacar, que en el ámbito internacional, el debido proceso tiene reconocimiento en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida también como el Pacto de San José de Costa Rica.
5. Por último, es importante contemplar el principio de la reciprocidad en materia de persecución de delitos, por ello para mejorar este aspecto de la relación con Estados Unidos, resultaría más adecuado tramitar el segundo protocolo de adecuación que el Ejecutivo envió al Senado sobre el tratado de extradición entre Chile y EEUU que data de 1900. Cabe destacar que en Chile, los mayores actos terroristas se cometieron durante la dictadura militar, siendo estimulados y protegidos por la -a estas alturas- comprobada y abierta intervención política y militar de Estados Unidos en América Latina. Si se produjera la actualización del protocolo antes descrito, se podría regularizar por ejemplo, la situación de colaboradores del terrorismo de Estado cometido por la dictadura, que aún viven en Estados Unidos y no han sido extraditados. Entre ellos: Armando Fernández Larios, Michael Townley, asesinos del ex canciller Orlando Letelier y Pedro Pablo Barrientos, homicida de Víctor Jara.
Santiago de Chile, 11 de junio 2014
Crónica Digital