La magistrada del Primer Juzgado de Familia de Santiago, Carolina Bustamante, acusó que la homosexualidad como causal de divorcio es discriminatoria y pidió el pronunciamiento del Tribunal Constitucional.
La jueza del Primer Juzgado de Familia de Santiago, Carolina Bustamante, detuvo la tramitación de un proceso de divorcio hasta que el Tribunal Constitucional (TC) le aclare si el artículo 54 de la Ley de Matrimonio incurre o no en discriminación al asimilar la orientación sexual homosexual con delitos
Dicho articulo establece que “el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges” en caso de “atentando contra la vida o malos tratos graves”, “abandono”, “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”, “condena de crímenes o delitos”, “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos”. En el mismo listado de causas de divorcio culposo se menciona a “la conducta homosexual”.
En el marco de un juicio de un hombre que pidió el divorcio invocando la homosexualidad de su esposa, la magistrada Bustamante precisó que “buscar la sanción que se pretende por parte del cónyuge demandante, por haber incurrido la demandada en supuestas conductas lésbicas, no puede homologarse a las otras causales establecidas por el legislador, destinadas a que el juez declare el divorcio por culpa. Así se estaría equiparando la conducta homosexual al hecho de haber incurrido en graves tratos contra la integridad de la familia o la tentativa de prostituir al otro cónyuge o a los hijos”.
En el expediente, difundido por The Clinic, la jueza añade que “por el solo hecho de una condición sexual, no puede, ni debe, sancionársele al otro cónyuge, como pretende el actor principal de los autos que me ha correspondido conocer”.
Consideró, en ese sentido, que el artículo 54 sería contrario a la Ley Zamudio y recordó la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Chile por haber impedido a la jueza Karen Atala criar a sus hijas sólo en razón de su orientación sexual.
“Hace especial mella a esta juez la sanción que recibió el Estado de Chile, en razón del conocido caso Atala, en que la resolución final del órgano jurisdiccional chileno tuvo especial consideración a la condición sexual de las partes para decidir la litis”, dijo.
De esta manera el Tribunal Constitucional deberá pronunciarse por segunda vez sobre este artículo, luego de que en abril pasado rechazará por 4 votos contra 6 que la polémica norma fuese discriminatoria.
Para el Movilh, la jueza Bustamante “ha venido a dar la razón a lo que hemos denunciado siempre: que el artículo 54 de la Ley de Matrimonio es homofóbico al considerar la homosexualidad como causal de divorcio, pues ya la infidelidad está contemplada en la ley, y debería dar los mismo si es heterosexual u homosexual. Darle un nombre es sólo un estigma sobre la base de la orientación sexual”.
Añadió que “seguramente el TC responderá a la jueza que el artículo 54 no es discriminatorio y la remita a una dividida sentencia del Tribunal que rechazó nuestros alegatos en torno a esta misma norma. Sin embargo, el hecho de que una jueza cuestione claramente este artículo es un avance, que tarde o temprano tendrá frutos concretos en materia judicial. Por ello nuestros aplausos para la magistrado”.
En ese sentido, el Movilh puntualizó que “seguimos luchando en la Comisión Interamericana e Derechos Humanos para que se pronuncie sobre estos y otros artículos, tras presentar una demanda internacional contra el Estado de Chile. Esperamos tener positivas respuestas este mes”.
Santiago de Chile, 9 de julio 2014
Crónica Digital