¿Libertad de prensa en peligro?: Ley Mordaza 2.0

Por Jorge Astudillo

En toda democracia sólida, la libertad de prensa cumple un rol esencial en la construcción de transparencia, control, rendición de cuentas y acceso a recibir información que permita tomar decisiones de la manera más razonada y libre posible. Por ello, cualquier medida legal que incida en la posibilidad de investigar, cuestionar y divulgar hechos de interés público debe analizarse con especial cautela.

En este contexto, preocupa que el actual proyecto de ley que sanciona la difusión de información contenida en investigaciones penales reservadas —incluida aquella realizada por periodistas— pueda tener efectos inhibitorios sobre la prensa y la ciudadanía. La intención de resguardar la confidencialidad del proceso penal es legítima, pero resulta necesario discutir con profundidad si el camino propuesto es el más adecuado.

Es razonable establecer sanciones para quienes, desde dentro del sistema de justicia —como fiscales, policías o jueces— incumplen su deber de reserva, dado que sus acciones pueden comprometer investigaciones, afectar la presunción de inocencia y vulnerar los derechos de víctimas y testigos. No obstante, extender esa sanción a quienes publican información filtrada, sin haber participado en su obtención ilícita, plantea un riesgo significativo para la libertad de expresión.

El proyecto —impulsado por los senadores Pedro Araya (Partido por la Democracia), Luz Ebensperger (Unión Demócrata Independiente), Paulina Núñez (Renovación Nacional), Luciano Cruz-Coke (Evópoli) y Alfonso de Urresti (Partido Socialista)— contempla sanciones penales incluso para quien difunda información obtenida por terceros. Independiente de la magnitud de la pena, el solo riesgo de ser objeto de un proceso penal puede generar un efecto inhibidor en medios y periodistas, especialmente en investigaciones sensibles o vinculadas a corrupción, abusos de poder o violaciones a derechos fundamentales. Así lo han advertido tanto el Colegio de Periodistas como organizaciones dedicadas a la defensa de la libertad de expresión.

La protección del proceso penal es importante, pero también lo es garantizar que temas de interés público no queden fuera del escrutinio ciudadano. La clave está en buscar fórmulas legales que sancionen la filtración indebida desde el aparato institucional sin desalentar el trabajo periodístico que, en muchas ocasiones, ha contribuido decisivamente a revelar irregularidades y fortalecer la democracia.

No se trata de oponer libertad de prensa con otros bienes jurídicos como la mantención de la reserva de los procesos penales, sino de armonizarlos. En democracia, hacer uso de las facultades que encierra la libertad de expresión no puede ser delito si se hace con responsabilidad y en resguardo del interés general. Penalizar al informador, sin matices y solo por el hecho de poner en conocimiento de la ciudadanía información relevante, podría terminar restringiendo el derecho de todos a estar informados. Defender la libertad de expresión y el derecho de informar y ser informado es defender el corazón mismo del régimen democrático y las limitaciones deben ser excepcionales y estar debidamente justificadas.

El autor es académico Facultad de Derecho U. Andrés Bello, sede Viña del Mar

Santiago de chile, 13 de junio 2025
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