El Presidente Boric hizo uso de su derecho de expresión al referirse al caso Mateluna

Por Carlos Antonio Vergara, abogado y periodista.

El Presidente de la República, Gabriel Boric, hizo uso de su facultad constitucional de indultar. Minutos después la oposición de derecha cuestionó esa facultad. Posteriormente el jefe de Estado hizo uso de un derecho universal consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU adoptada en 1948.

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de didundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”, sostiene ese artículo.

El vocablo “todo” según la Real Academia de la Lengua no excluye a nadie.

Desde el 31 de diciembre la oposición, a través de todos los canales televisivos, radios, diarios y medios digitales martilló que el mandatario indultaba delincuentes terroristas. Algo nada extraño en el lenguaje opositor. Cuando eran gobierno durante la dictadura hacían lo mismo contra quienes luchaban por la libertad y la democracia a través de esos mismos soportes.

Frente a esa arremetida política el jefe de Estado ejerció su derecho universal a opinar sobre uno de los casos que indultó, sobre el cual cualquier ciudadano del mundo entero puede expresarse, incluso el Presidente de la República de Chile, sin que se le pueda acusar de interferir en las actuaciones del Poder Judicial.

DERECHO HUMANO IRRENUNCIABLE

Hay que recordar que los Derechos Humanos según la doctrina internacional son irrenunciables, aunque un ser humano, en pleno uso de la razón lo pretendiera. Además, son son supraconstitucionales y universales. Es decir, están por sobre la Constitución redactada durante la dictadura del General Augusto Pinochet.

Lo curioso en este caso es la reacción desmedida de la Corte Suprema, la cual no ha reaccionado con la misma vehemencia cuando otros mandatarios han ejercido su derecho de opinión.

Nuestro Poder Judicial nunca ha hecho un reconocimiento global acerca de su responsabilidad en la violación de los Derechos Humanos después del 11 de septiembre de 1973.

Demasiadas vidas se habrían salvado si hubiera hecho algo tan simple como acoger los recursos de amparo. Esta institución jurídica proviene del artículo 39 de la Carta Magna del rey Juan Sin Tierra del año 1.215 en Inglaterra. Es imposible que a partir de 1973 nuestros jueces no la conocieran, pues es parte de la historia del Derecho.

El artículo 76 de la Constitución redactada por don Jaime Guzmán, asesor de Pinochet, señala que “ni el Presidente de la República ni el congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales”. Boric no lo ha hecho y señaló este martes que no pretende hacerlo.

NO SE HA PRETENDIDO REVIVIR PROCESO

La norma constitucional inmediatamente expresa que estos poderes no pueden “avocarse causas pendientes”. Tampoco lo ha hecho. El caso de Jorge Mateluna es un juicio fallado, condenado y ejecutariado.

Inmediatamente agrega que le está vedado “revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”. Efectivamente el proceso Mateluna es un proceso fenecido que no se ha pretendido revivir, simplemente se ha indultado de acuerdo al Estado de Derecho chileno.

Cuando dice “revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones” el poder constituyente, en este caso la Junta Militar de Gobierno, quiso decir que el mandatario no puede revisar resoluciones judiciales o fundamentos de casos fallados recientemente. Las actas de la Junta Militar de Gobierno están disponibles para quien desee analizarlas.

¿ Cabe preguntarse entonces a qué se debe la reacción excesiva de nuestra Corte Suprema ?

No podemos especular. Sería ingresar en las leyes de otra disciplina: la psicología. Los seguidores de Sigmund Freud podrán quizás encontrar una explicación o también la rama de psicología social.

Sin embargo, desde las Ciencias Jurídicas todavía no se encuentra hasta ahora una explicación fundamentada. quizas este domingo el rector de la Universidad Diego Portales don Carlos Peña González encuentre una.

Santiago de Chile, 5 de enero 2023
Crónica Digital

Next Post

Putin ordena aplicar alto el fuego en Ucrania

Jue Ene 5 , 2023
El presidente de la Federación de Rusia, Vladimir Putin, ordenó aplicar un […]

Las opiniones vertidas en este medio de comunicación no necesariamente representan el sentir de Crónica Digital y son de responsabilidad de quienes las emiten.

Crónica Digital, es un medio de comunicación social, republicano y comunitario. Fue fundado el 19 de abril del año 2005. Su objetivo periodístico es informar sobre los principales noticias de Chile, América Latina y el mundo.

El director de Crónica Digital es el periodista Marcel Garcés Muñoz.

Su representante legal y editor general es el periodista Iván Antonio Gutiérrez Lozano.

El editor nacional es el periodista Ramón Vargas Vega.

El editor cultura es el periodista Miguel Alvarado.

Corresponsal en el litoral Central V región, Chile. Marcelo Araya Orellana.

Corresponsal en La Habana, Cuba, Florencia Lagos N.

El asesor legal es el académico y abogado Sr. Pablo Méndez Soto.

Los principales asociados informativos de Crónica Digital son la Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina , la agencia de noticias China, Xinhua y TV Brics.

En Chile, el medio electrónico El Maipo

Correo: cronicadigital@gmail.com
Dirección: Maturana 302 local 2
Santiago de Chile.

Desde el año 2005 Crónica Digital es parte de la Asamblea Nacional por los Derechos Humanos.

Crónica Digital es una marca registrada. Todos los derechos reservados.

Redacción Diario Crónica Digital
Fono: 950142601

Un café en una plaza con historia....

Maturana con Huérfanos
plaza Brasil,
Santiago de Chile.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es cafe-con-torta-900x675.jpeg