Octavo Juzgado Civil de Santiago disolvió Fundación CEMA–Chile y canceló su personalidad jurídica

En un fallo de enorme significación, el Octavo Juzgado Civil de Santiago resolvió la disolución legal y la cancelación de la personalidad jurídica de la Fundación CEMA Chile, la entidad que presidió Lucía Hiriart y que, en los tiempos de la dictadura cívico–militar que encabezó su esposo Augusto Pinochet se apropió de una gran y valiosa cantidad de inmuebles fiscales, la mayor parte entonces bajo administración del Ministerio de Bienes Nacionales.

El fallo destacó que el total de sus activos, a 2015, ascendía a más de 5 millones de dólares, lo que contrastaba con el bajo gasto social que suponía la misión social que fundamentaba su existencia. Estos recursos millonarios, que fueron logrados a través de la venta masiva de los mencionados inmuebles de origen fiscal, se invirtieron en forma persistente en instrumentos financieros como fondos mutuos y depósitos a plazo.

Sin duda, la resolución judicial constituye un hito emblemático en la lucha en contra de la corrupción de la dictadura cívico–militar de Augusto Pinochet, que en materia de CEMA Chile fue iniciada en el segundo Gobierno de Michelle Bachelet por el entonces Ministro de Bienes Nacionales, Víctor Osorio. Bajo su conducción, la Secretaría de Estado emprendió una investigación que puso al descubierto las operaciones inmobiliarias de CEMA.

“Logramos establecer una nómina de 135 propiedades transferidas en forma gratuita por Bienes Nacionales a la Fundación CEMA Chile entre 1977 y 1989, y otras 18 entregadas en concesión de uso gratuito. Ello, sin perjuicio de otros bienes procedentes del patrimonio público que había recibido de municipalidades y los SERVIU. A través de la fiscalización en terreno constatamos que una parte importante de esos bienes había sido enajenada. Es decir, CEMA derivó en una entidad inmobiliaria con fines de lucro”, explica Osorio.

Con esos antecedentes, el 10 de diciembre de 2015 Osorio solicitó al presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Juan Ignacio Piña, que el organismo emprendiera todas las acciones legales que permitieran la restitución al Estado de los bienes de origen fiscal que CEMA Chile se había apropiado.

Una de las acciones que emprendió el Consejo de Defensa del Estado fue entablar una demanda de disolución y cancelación de personalidad jurídica en contra de la Fundación CEMA Chile, a partir de una fiscalización emprendida por el Ministerio de Justicia, conforme a sus facultades en la materia, la que mostraba que la entidad había incumplido con el objeto social que declaraban sus estatutos.

En la sentencia del Octavo Juzgado Civil de Santiago, se constata que CEMA, desde 2011 a 2016, “destinó en promedio sólo un 11% del total de sus activos en gasto social orientado al cumplimiento de sus fines”. El total de sus activos, al año 2015, “ascendía al monto de $5.626.068.753, lo que contrastaba con su bajo gasto social”; detallándose que “la mayor parte de los ingresos de la Fundación provenían de la enajenación de inmuebles” y que esos recursos fueron invertidos en forma persistente “en instrumentos financieros como fondos mutuos y depósitos a plazo”, lo que permitió aumentar el capital acumulado, “sin que se observara intención de destinarlo al cumplimiento de su objeto social”. Además, en este período las sesiones de su directorio “trataron más sobre la compraventa de inmuebles”.

En este sentido, la sentencia dictada por la magistrada Sylvia Papa Beletti, establece que CEMA “se apartó de fines de asistencia social para los que fue creada e incumplió de forma grave sus propios estatutos”.

“La Fundación CEMA Chile no se ha ceñido a los fines para los que está destinada (…) razón por la cual esta Juez acogerá la demanda deducida, por cuanto a partir de los antecedentes (…) es posible visualizar que las actuaciones y gestiones de la organización no están orientadas a un interés general y benéfico, lo que difiere diametralmente del objetivo que fue manifestado al momento de su creación por los socios fundadores”, establece el fallo.

Para Osorio, lo más significativo de la decisión es que “se trata de una resolución judicial que confirma las prácticas reprobables de CEMA Chile”.

Por Consuelo Moreno. La autora es periodista.

Santiago, 12 de noviembre 2022.

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