La víctima de 23 años fue asesinada en Renca por defender a su pareja una agresión homofóbica. Luis Alejandro Muñoz Huenán y Mario Orlando Pino Garrido fueron condenados a 15 años y 10 años y un día de presidio efectivo, en forma respectiva. El Movilh valoró que se aplicara agravante de Ley Zamudio a Muñoz Huenán, el mayor responsable del hecho.
El Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó ayer a Luis Alejandro Muñoz Huenán y Mario Orlando Pino Garrido a las penas de 15 años y 10 años y un día de presidio efectivo, en forma respectiva, por haber asesinado en febrero del 2020 al joven Miguel Ángel Miranda Bustos (23) solo porque éste intentó defender a su pareja de insultos y agresiones homofóbicas.
El encargado de DD.HH. del Movilh, Ramón Gómez, señaló que “si bien las condenas nunca cumplen las expectativas, menos cuando una persona pierde la vida, valoramos en que en este caso se hubiese aplicado la agravante de la Ley Zamudio. Algo poco usual, pues de entrada en vigencia de esta norma en 2012, apenas en cinco ocasiones se aplicado la agravante. Creemos que el tribunal y la fiscalía, al menos en este caso, lograron comprender como opera la homofobia en los delitos”.
“Toda nuestra solidaridad y fuerza para la familia y seres queridos de Miguel Ángel en este momento, en especial para su pareja”, dijo el Movilh, que en marzo pasado homenajeó a la víctima fatal inscribiendo su nombre en el Memorial por la Diversidad que se ubica en el Cementerio General.
El fallo unánime de la presidenta del tribunal Valeria Alliende Leiva y de los/as magistrados/as Pablo Toledo González y Anaclaudia Gatica Collinet, aplicó además a los asesinos la “inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas”.
El tribunal confirmó que a eso de las 16:00 horas del 16 de febrero de 2020, “en la intersección de Chungará con Topocalma, comuna de Renca, Luis Muñoz Huenán acosó a Miguel Ángel Miranda Bustos y a su pareja C.M.R, increpándolos e insultándolos por considerar a ambos homosexuales”
Añadió que C.M.R “devolvió los insultos” y tras ello debió arrancar hasta su casa, puesto que “Muñoz Huenán comenzó a perseguirlo para lesionarlo con un elemento contundente”
Miguel Ángel intentó sin éxito calmar calmar Muñoz Huenán, “comenzando una pelea entre ambos a mano limpia”.
“Momentos después Mario Pino Garrido extrajo un cuchillo y le propinó un corte en la cabeza a Miranda Bustos cuando le daba la espalda, para posteriormente pasarle dicha arma blanca a Muñoz Huenán, con la que éste lo apuñaló a la altura del hemitórax izquierdo, lesionando pericardio y ápex cardiaco, dándose a la fuga del lugar ambos sujetos”
Miguel Miranda Bustos falleció a las 17:08 horas del 16 de febrero del 2020 por herida cardiaca corto penetrante,.
El tribunal no aplicña la agravante para Mario Pino Garrido, pues “no fue quien inició la agresión, no tuvo motivación homofóbica y no fue quien propinó la estocada mortal” En cambio, “a Muñoz Huenán lo perjudica la agravante del artículo 12 N° 21 del Código Penal; esto es, por haber obrado motivado por la orientación sexual de la víctima”