Lista del Pueblo: La Convrención Constitucional a los los órganos del poder constituido sobre la prisión política en Chile

Los pueblos siempre nos hemos rebelado contra este orden injusto y la respuesta del Estado chileno ha sido una y otra vez la misma. Nos hemos rebelado incluso antes de ser Chile contra el despojo de los territorios para la acumulación de una elite colonial. Nos levantamos por la vida digna desde hace siglos, fuimos marea sufragista en cada rincón del país, nos levantamos contra una dictadura sangrienta que hoy recién llega a su fin.

Quienes tenemos en el cuerpo esta historia de lucha también portamos la memoria colectiva de esa respuesta de un Estado que nos ha invisibilizado, perseguido, secuestrado, torturado, mutilado, violentado sexualmente, que nos ha hecho desaparecer. Esa larga memoria colectiva nos habla también de las complicidades que han hecho posible esa respuesta estatal y que en nombre de la defensa del orden y de la institucionalidad han desplegado un manto de impunidad.

Hoy, abrimos este proceso constituyente con un debate de una profundidad ineludible. Hemos decidido iniciar esta discusión sobre las bases históricas de nuestra vida en común, reconociendo los sufrimientos con los que llegamos hasta aquí.

Hablamos en primera persona porque es nuestra historia. Somos nosotras, nosotres y nosotros, encarceladas en la dictadura de ayer y perseguidas por el terrorismo de Estado de hoy. Ponemos nuestros dolores sobre la mesa como primer punto en tabla pues son nuestras compañeras y compañeros, hermanas y hermanos, junto a quienes salimos a las calles a escribir este momento, quienes hoy no están aquí para verlo nacer.

No estamos todes: faltan las y los presos. Faltan quienes les cuidan desde afuera de los muros de las cárceles, porque la prisión política nunca es una experiencia individual sino que es un castigo a nuestras familias y a nuestras comunidades enteras.

Con fecha 8 de julio de 2021, esta Convención Constituyente Plurinacional de Chile, con el fin de sentar las garantías democráticas para el adecuado funcionamiento del proceso constituyente, el respeto al debido proceso, al principio de presunción de inocencia; por la verdad, justicia y reparación para todas las personas presas políticas, privadas de libertad y víctimas de la represión estatal de ayer y de hoy, declaramos lo siguiente:

  1. Las circunstancias de origen y concurrentes a la legitimidad del proceso constituyente, así como el compromiso con el respeto irrestricto a los derechos humanos y a la dignidad, son parte de nuestra competencia y constituyen presupuestos fundamentales para el desarrollo de esta Convención Constitucional.
  2. Resulta fundamental para un proceso democrático y una verdadera paz social para los pueblos, que los órganos del poder constituido allanen los caminos ofreciendo garantías democráticas y de equidad para que el proceso histórico que atravesamos funcione adecuadamente y sea reconocido como legítimo por los pueblos y naciones de Chile. Para ello, el fin inmediato a la prisión política en Chile es esencial.
  3. Condenamos la criminalización de la protesta social y la aplicación abusiva del monopolio de la fuerza estatal, mediante apremios ilegítimos, detenciones masivas y actos de vulneración a derechos humanos, agresiones sexuales, mutilaciones oculares y el uso de la prisión preventiva como pena anticipada; así como las gravísimas consecuencias que provoca el nulo avance de las investigaciones; hechos insostenibles e injustificables desde el punto de vista jurídico, político y humano.
  4. Para tales propósitos, como Convención Constitucional, demandamos a los poderes constituidos, lo siguiente:

    a) Al Poder Legislativo la tramitación urgente del Proyecto de Ley de Indulto General (Boletín N°13.941-17) en la Comisión de Constitución del Senado solicitando incluir como inciso segundo al artículo 2°: “En el caso de las Regiones del Bio Bio, Araucanía, Los Lagos y Los Ríos, el plazo se extenderá desde el año 2001 hasta el día de la presentación del proyecto de ley que da origen a la presente norma”, su aprobación, promulgación y publicación, dentro de un plazo de 20 días para responder a esta petición.

    b) Al Poder Legislativo, en el Proyecto de Ley Boletín No 13.715-17, apoyar una indicación que disponga la aplicación directa y obligatoria del Convenio número 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo, y la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, especialmente en lo relativo a las situaciones calificadas de delitos y que constituyan

ejercicio de derechos territoriales, culturales, y políticos, y a la aplicación preferente y obligatoria de penas distintas a la privación de libertad

c) Al Poder Ejecutivo dar suma urgencia legislativa al Proyecto de Ley de Indulto General (Boletín N°13.941-17) y al Proyecto de Ley de Reparación a Víctimas de Violación de Derechos Humanos (Boletín N°13.854-17). Así como el retiro de todas las querellas interpuestas que invocan la Ley de Seguridad Interior del Estado.

d) El fin de la militarización del Wallmapu y las políticas estatales desarrolladas sobre tal supuesto, así como la anulación de la medida que aumenta el presupuesto público para la represión de las comunidades en su territorio. La represión históricamente ejercida al pueblo nación Mapuche, no puede ser avalada ni ignorada en un proceso democrático.

e) La implementación de una política robusta de justicia, que contribuya a la reparación integral de los perjuicios y los daños sufridos, de forma individual y colectiva, para quienes han sido víctimas de persecución y prisión política.

5. Desde la Convención Constitucional, la necesidad de instituir una Comisión de Verdad, Justicia y Reparación que investigue, reconozca, divulgue, realice un catastro, sistematice y proponga medidas concretas de reparación para todas las víctimas de la represión estatal, particularmente la situación de los presos y presas políticas de la revuelta en todas las etapas procesales, ya sean privados de libertad, con procesos en curso y con condenas vinculados a los hechos y circunstancias de la movilización social. Además, que pueda asegurar garantías de no repetición, para que las violaciones a los derechos humanos no vuelvan a ocurrir en nuestro país.

6. En el caso de los pueblos de la Patagonia austral, que intentaron infructuosamente ser exterminados y que sigue invisibilizada su presente lucha para la mantención de su lengua, es momento de adoptar las medidas de reparación.

Convención Constitucional

FIRMANTES

  1. Isabella Mamani Mamani, constituyente Aymara
  2. Luis Jimenez Cáceres, constituyente Aymara
  3. Wilfredo Bacián Delgado, constituyente Quechua
  4. Felix Galleguillos Aymani,
  5. Isabel Godoy Monardes, constituyente Colla
  6. Erick Chinga Ferreira, constituyente Diaguita
  7. Fernando Tirado Soto, constituyente Chango
  8. Tiare Aguilera Hey, constituyente Rapa Nui
  9. Machi Francisca Linconao Huircapan, constituyente Mapuche
  10. Elisa Loncon Antileo, constituyente Mapuche
  11. Natividad Llanquileo Pilquiman, constituyente Mapuche
  12. Rosa Catrileo Arias, constituyente Mapuche
  13. Adolfo Millabur Ñancuir, constituyente Mapuche
  14. Victorino Antilef Ñanco, constituyente Mapuche
  15. Alexis Caigual Ancapan, constituyente Mapuche
  16. Margarita Vargas Lopez, constituyente Kawashkar
  17. Lidia González Calderon, constituyente Yagan
  18. Dayana Gonzalez, constituyente Distrito 3
  19. Daniel Bravo Silva, constituyente Distrito 5
  20. Ivanna Olivares, constituyente Distrito 5
  21. Janis Meneses, constituyente Distrito 6
  22. Cristobal Andrade, constituyente Distrito 6
  23. Carolina Vilches, constituyente Distrito 6
  24. Tania Madriaga, constituyente Distrito 7
  25. Marco Arellano, constituyente Distrito 8
  26. Natalia Henriquez, constituyente Distrito 9
  27. Alejandra Perez Espina, constituyente Distrito 9
  28. Manuel Woldarsky, constituyente Distrito 10
  29. Alondra Carrillo, constituyente Distrito 12
  30. Rodrigo Rojas, constituyente Distrito 13
  31. Ingrid Villena, constituyente Distrito 13
  32. Francisco Caamaño, constituyente Distrito 14
  33. Alvin Saldaña M, constituyente Distrito 15
  34. Gloria Alvarado, constituyente Distrito 16
  35. Fernando Salinas, constituyente Distrito 18
  36. Francisca Arauna, constituyente Distrito 18
  37. Cesar Uribe, constituyente Distrito 19
  38. Bastián Labbé Salazar, constituyente Distrito 20
  39. Loreto Vidal, constituyente Distrito 20
  40. Adriana Ampuero, constituyente Distrito 26
  41. Elisa Giustinianovich, constituyente Distrito 28

    Santiago de Chile, 8 de julio 2021
    Crónica Digital

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