Esta nueva disposición viene a sustituir una que fue emitida en junio último y que al parecer no causó el efecto deseado.
Las sanciones previstas por el instructivo van desde un llamado al orden al infractor, hasta una multa equivalente al siete por ciento de su sueldo como parlamentario, que es uno de los más elevados del continente americano.
Según plantea, en caso de que la participación televisiva provoque una ausencia prolongada del parlamentario a una sesión de Sala o comisiones, tendrá un llamado de atención y una multa de dos por ciento de su remuneración.
Si el parlamentario incumple por la misma causa su obligación de votar, ya sea en sesión de Sala o comisiones, se le aplicará una amonestación y una multa, que podrá ser de entre tres y cinco por ciento.
En caso de que el legislador incumpla su deber de dar a conocer al hemiciclo un informe de alguna comisión, la multa será de siete por ciento de sus remuneraciones y además recibirá una censura.
Aunque no todos los legisladores aparecen con demasiada frecuencia en las pantallas de televisión en horarios en los que debían estar cumpliendo sus deberes, hay algunos que son ‘punto fijo’ en los medios, y no son pocas las ocasiones en que sesiones o votaciones son suspendidas por falta de quórum.
Más preocupante aún resulta cuando una ausencia a una votación decide la aprobación o no de algún proyecto de ley, lo cual no solo es ampliamente criticado al interior del legislativo sino también por la población.
Junto al Ejecutivo y los partidos políticos, el Congreso Nacional es una de las instituciones de Chile peor valorada por la población, indican encuestas.
Santiago de Chile, 29 de diciembre 2020
Crónica Digital