La jueza de garantía Marcela Bley del Juzgado de Garantía de Curacautín declaró admisible la querella presentada por el Observatorio de Derechos Humanos y Violencia Policial contra funcionarios de Carabineros de Chile, por los graves hechos ocurridos la noche del sábado 1 de agosto en Curacautín.
Como es de público conocimiento, en el contexto del accionar de civiles armados que perpetraban un intento de desalojo violento durante el toque de queda de la Municipalidad de Curacautín, funcionarios de carabineros incumplieron su deber, permitiendo esta agresión, que tuvo como resultado serias consecuencias para sus víctimas y la propiedad pública y privada.
Esta banda de civiles actuó en concomitancia con Carabineros de Chile, ya que está registrado el aviso telefónico de la banda respecto de su intención de desalojar a los comuneros mapuches, de manera concertada y violenta. Esta banda armada irrumpe en la vía pública, interrumpe el tránsito en vigencia del estado de excepción constitucional y en horas de toque de queda nacional, sin que la autoridad encargada del orden y la seguridad pública le impida realizar esta acción, lo que deja como resultado dos vehículos incendiados, la sede municipal con graves daños en su infraestructura y personas golpeadas y heridas.
El resultado de esta acción, además, dejó varios comuneros mapuche en calidad de detenidos y aún peor, con heridas de distinta gravedad producto de los golpes y agresiones realizadas por los civiles. Cabe destacar que no hubo ninguna detención de los civiles involucrados en el ataque a los comuneros.
Tomando en cuenta esta omisión, el Observatorio patrocinó una querella criminal en contra del Mayor y comisario de la 5ta comisaría de Curacautín, Fernando Mella R. y “todos aquellos funcionarios de Carabineros de Chile que resulten responsables, por los delitos de omisión de denuncia, desórdenes públicos, daños calificados, incendio simple, y atentado contra la salud pública”. Esto por la responsabilidad que les cabe como autores directos en grado de consumado de los delitos de omisión de denuncia y de omisión impropia en su posición de garantes, según corresponda.
Tal y como se señala en la querella “todos estos delitos descritos anteriormente fueron cometidos en presencia, con el consentimiento y autorización del referido grupo de Carabineros de Chile que se encontraba en el lugar ejerciendo funciones, sin que en ningún momento intervinieran, impidieran, solicitaran de manera verbal que se dejaran de cometer o detuvieran por flagrancia a esas personas para que depusieran su actuar delictivo en los crímenes y simples delitos ya señalados, estando obligados por mandato constitucional, ley y reglamento interno de Carabineros a detener en caso de flagrancia de delitos, o en todo caso, de alguna manera intervenir para que dejen de ocurrir”.
Finalmente, el Observatorio de DDHH y Violencia Policial exige a Carabineros de Chile imponer el máximo celo y profesionalismo en el correcto cumplimiento de su deber constitucional. Así también repudia cualquier tipo de concomitancia de esta institución con bandas de civiles armadas.
Santiago de Chile, 16 de agosto 2020
Crónica Digital