a resolución se tomó en conjunto con el rechazo del recurso de reposición interpuesto por la defensa de las autoridades a la acción judicial iniciada por el edil de Recoleta, Daniel Jadue, por lo que ambas seguirán el proceso de investigación.
El tercer juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella por cuasidelito de homicidio, denegación de auxilio y abandono de destino interpuesta por la Concejala de Conchalí, Grace Arcos, en contra del Presidente, Sebastián Piñera, el ex Ministro de Salud, Jaime Mañalich, los subsecretarios de Salud, Paula Daza, y de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga, además quienes resulten responsables por las muertes ocurridas en dicha comuna por causa del coronavirus.
Grace Arcos, concejala de Conchalí que lidera esta acción judicial, valoró la determinación apuntando a “la importancia de esta decisión, pues no solo resuelve que en términos formales la querella está bien presentada, sino que desmiente el argumento falaz de la defensa del presidente y el ex ministro en relación a un aprovechamiento político que tendrían estas iniciativas”.
Además, afirma que “hemos recurrido a la justicia para que se establezcan las responsabilidades que puedan recaer sobre quienes han estado a cargo del manejo de la pandemia, que a nuestro entender han cometido graves errores que han sido parte del debate público y refutado por expertos, como la tardanza en el establecimiento de cuarentenas. Para nosotros es muy importante que se investigue y eso tendrá que determinarlo la justicia”.
“La querella contiene datos de 20 personas de Conchalí que fallecieron a causa del Covid-19. Para eso, nos pusimos en contacto con sus familias, les explicamos respecto a la acción judicial y las hicimos parte de esta acción. En general hay muy buena aceptación, porque junto al dolor de perder a un familiar, hay un sentimiento de injusticia muy grande, de saber que no se hicieron todas las acciones posibles para poder salvarle la vida a su familiar” precisa la edil.
En el documento de 40 páginas patrocinado por el abogado Ramón Sepúlveda, se destaca que “en Chile era clara y urgente necesidad de toma de medidas concretas y radicales encaminadas a evitar un nivel de contagios tan elevados como los detectados en aquellos países. La propagación de este virus pudo advertirse de manera pública y notoria, ya que daba cuenta de que el contagio era a través del contacto entre personas, lo que se agrava por la falta de acciones y medidas específicas para combatir la velocidad y alcance de la propagación del virus”.
“Se puede observar por parte de los querellados, todos autoridades de Gobierno, una serie de acciones, omisiones y comportamientos erróneos inexcusables(…), que a nuestro criterio constituyen faltas graves a su función pública y que configuran en el caso en comento figuras penales tipificadas por nuestro legislador”, se agrega en el escrito.
La decisión se tomó junto al rechazo del recurso de reposición en contra de la admisibilidad de la querella presentada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, interpuesto por los abogados Samuel Donoso, Gabriel Zaliasnik y Eduardo Riquelme, quienes han asumido la defensa de las autoridades de gobierno, por lo que ambas acciones judiciales, además de las presentadas por la Concejala de Santiago, Irací Hassler, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, la Federación Democrática de Profesionales Universitarios de Salud (Fedeprus) y la Agrupación nacional de Empleados Fiscales (Anef), seguirán su proceso de investigación.
Santiago de Chile, 29 de julio 2020
Crónica Digital