Tras conocer la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que suspendió de sus funciones e inició un sumario contra el juez del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia, luego que este cambiara la medida cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario para un grupo de 13 jóvenes de la llamada “primera línea”, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Alejandro Navarro, criticó el fallo y anunció que apelará a la Corte Suprema.
El parlamentario del Partido Progresista manifestó que “la Corte de Apelaciones de Santiago ha suspendido de sus funciones al juez Daniel Urrutia luego que él decretara el cambio de medidas cautelares para jóvenes detenidos en Santiago 1 por desórdenes en la vía pública, situación que no se paga con cárcel”.
El legislador señaló que “el juez no fue escuchado, por lo que se ha violado el principio contradictorio que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció: escuchar al juez antes de tomar una medida sancionatoria. Es por eso que vamos a recurrir de queja ante la Corte Suprema por esta medida arbitraria e ilegal”.
El senador por la región del Biobío comparó la situación con lo ocurrido con el juez Carlos Cerda durante la dictadura y el conocido “caso de los 13”, que significó enfrentarse al régimen por ser uno de los primeros que se opuso a aplicar la Ley de Amnistía y que investigó a los servicios represivos, lo que le provocó una sanción por parte de la Corte Suprema.
“Lo siento profundamente porque jueces como Carlos Cerda en el pasado también fueron amonestados por hace cumplir la ley y respetar el derecho de las personas. La Corte de Apelaciones se ha equivocado doblemente y yo espero que lo corrijan”, indicó Navarro. Añadió: “No puede un juez de garantía ser suspendido por aplicar la ley y particularmente el derecho internacional”.
EL POLEMICO CASO
El Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago tuvo una dura reacción a la resolución del juez Daniel Urrutia, respecto 13 de los 28 adultos formalizados por desórdenes públicos en el perímetro cercano a la Plaza de la Dignidad. En decisión dividida, el tribunal de alzada decidió dejar sin efecto la resolución de Urrutia, la apertura de un sumario contra el juez, además de su suspensión.
El magistrado Urrutia revisó de oficio la prisión preventiva de las personas, decretando el arresto domiciliario total para el grupo. En la resolución, consideró el estado de catástrofe decretado a nivel nacional y “que las cárceles son recintos donde la posibilidad de contagio (con el coronavirus) es altamente probable atendido el hacinamiento y la imposibilidad de que las medidas sanitarias mínimas puedan ser implementadas razonablemente”. Así también, por la pena probable y además por el hecho que el Comité de Jueces del 7° Juzgado de Garantía, “atendida la emergencia sanitaria y por razones humanitarias, ha decidido que todas y todos los jueces del tribunal revisen las causas donde existen personas sujetas a la medida de prisión preventiva de oficio”, a fin de reemplazar dicha cautelar en los casos que sea posible.
La Corte de Apelaciones, en cambio, consideró que la actuación de oficio podría implicar una negligencia, acordando la apertura de una investigación sumaria, además de dejar sin efecto la resolución. La decisión fue acordada con el voto en contra de tres ministros, que fueron de la opinión de no disponer la suspensión, por cuanto no existiría mérito suficiente que justifique la medida.
El caso se remonta a inicios de mes cuando Carabineros detuvo 62 personas y la Fiscalía Centro Norte optó por formalizar a 44 de ellos, 16 de los cuales eran menores de edad y quedaron en libertad y apercibidos. El Ministerio del Interior, como querellante, requirió la prisión preventiva del grupo, mientras el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública abogaron para la mayoría (27 de 28) la cautelar de firma, la cual terminó siendo decretada por el tribunal. Pero el Gobierno quería castigo y revancha: apeló y el 13 de marzo la Corte de Santiago revisó el caso y ordenó la prisión preventiva de los adultos y la medida de vigilancia de parte del Sename para los menores.
DERECHOS HUMANOS
En forma paralela a la decisión del Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, Michelle Bachelet, hoy Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, formuló un llamado a los gobiernos a no olvidar a quienes se encuentran detenidos en recintos penitenciarios en el contexto de la pandemia del coronavirus.
“Las personas que albergan, están hacinadas. Hago un llamado a los gobiernos a que actúen de manera urgente para proteger la salud y la seguridad de las personas en detención”, señaló. Añadió que “las autoridades deberían examinar caminos para liberar a aquellos que son particularmente vulnerables al Covid–19, como reos enfermos y los mayores, para reducir drásticamente la población de las prisiones y que el distanciamiento físico sea posible”.
Asimismo, propuso a las autoridades liberar a quienes tengan buena conducta o estén presos por temas políticos. “Algunos países ya han comenzado a hacerlo. Ahora, más que nunca, los gobiernos deberían liberar a todas y cada una de las personas encarceladas sin suficiente base legal, incluyendo los prisioneros políticos y otros detenidos”, dijo.
La Corporación de Defensa y Promoción de los Derechos del Pueblo (CODEPU) indicó que la decisión del tribunal de alzada “es contraria a las recomendaciones de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas”. Indica que “las presiones políticas desplegadas por el Ministerio del Interior a fin de forzar la actitud del Poder Judicial para que este actué en consonancia con las políticas represivas que la autoridad promueve contra la protesta ciudadana fueron públicas y notorias los días previos a la resolución del Juez Urrutia y a la reacción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Solo resta entender que dieron los frutos deseados y la independencia del Poder Judicial está siendo avasallada”.
“Recordamos que el Poder Judicial tiene como mandato constitucional y legal actuar en resguardo del derecho de las personas, que la prisión preventiva debe ser siempre excepcional y que las personas encarceladas por la protesta lo son por hechos de motivación política, lo que los hace presos políticos. La eventual muerte o contagio de uno de esos presos políticos por la infección de COVID–19 implicará una obvia responsabilidad del Estado en general y el Poder Judicial en particular ante la comunidad internacional y demostrará, que como ocurrió en la época de la Dictadura, éste abdicó de su rol”, indicaron.
Santiago, 26 de marzo 2020.
Crónica Digital