Uno de los efectos más nocivos de la aprobación y vigencia de la Ley Longueira, Ley Nº20.657, es que debilita la credibilidad de las instituciones democráticas. Como fue una ley que se tramitó con coimas y en abierta vulneración del principio de probidad, está incapacitada de subsanar, ante la opinión pública, estos hechos. Es y será siempre, una ley corrupta.
El segundo efecto negativo, es que consagra un robo, cual es el traspaso de la propiedad de los recursos pesqueros a un conjunto reducido de empresas industriales que hemos conocido como “las siete familias”. ¿Por qué es un robo? Quitarle a alguien la propiedad que detenta mediante la fuerza, la coacción, el engaño, etc. es un robo en todas partes. Lo peor de todo es que el Ministro que tramitó ese proyecto y regaló estos recursos, el Sr. Pablo Longueira, tampoco detentaba la autoridad para traspasar esa propiedad. En ninguna parte de nuestro ordenamiento se faculta a los Ministros a regalar la propiedad sobre los recursos pesqueros. De hecho, la Constitución Política dispone, en su art. 19 Nº 24º, que “Nadie puede, en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública de interés nacional, calificada por el legislador.”.
En ciertos sectores jurídicos, hay quienes plantean que los peces no son de nadie y por ende, el modo de hacerse de los peces es a través de la captura. Aun si este fuera el caso, y se niega que los recursos pesqueros sean comunes, lo cierto es que el Ministro no tenía facultades para entregar dichos recursos. En consecuencia, la propiedad que estas familias han establecido sobre los recursos mediante licencias, carece de fundamento. El Estado puede encausar la explotación, exploración y administración de los recursos, sin embargo, no puede privar, en abierta violación a la libertad de pesca, del derecho a capturar porque fijó una propiedad sobre la cuota a favor de la industria. Eso es discriminatorio, arbitario e ilegal.
El próximo miércoles 12 de diciembre, se vota el proyecto de ley que declara nula la Ley Longueira. La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, presidida por el autor de la moción el diputado Hugo Gutiérrez, tiene la oportunidad de reparar un tremendo daño y perjuicio. Con toda seguridad, la aprobación de la nulidad de la Ley Longuiera provocará un gran impacto en los sectores conservadores y tradicionales, pero la ciudadanía lo percibirá como un mea culpa y como un acto de justicia. La aprobación de la nulidad contribuirá sin dudas, a recuperar el prestigio extraviado. Perderse en la leguleyada de la procedencia de la nulidad, sería fatal. Por lo demás, lo último que cabe en este caso, es derogar la Ley Nº20.657 por cuanto implicaría tener que pagar indemnizaciones a la industria pesquera por ganancias no obtenidas de aquí hasta el año 2033! Sería igual de vergonzoso que mantener la ley actual vigente dado que es la industria pesquera la que debe pagar el daño que han hecho el país y no al revés.
Por Carlos Arrue
Analista Político
Santiago de Chile, 7 de diciembre 2018
Crónica Digital