Por Ariana Lucia Benito Revollo Vargas : CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLOS INTERNACIONALES AL MARCO DE LA LEGISLACIÓN MIGRATORIA EN CHILE

La obligación de respetar y garantizar los derechos humanos se encuentra plasmada en varios instrumentos internacionales y no solo obliga a reconocer formalmente dichos derechos, sino que a hacerlos efectivos en virtud de la prevalencia que tiene la Convención Americana de derechos Humanos 

El respeto del principio de igualdad y no discriminación, son elementos tan esenciales que si se desconocen, generamos  rupturas o desequilibrios en el Estado. Para esto La Corte Interamericana precisa que esta obligación, debe respetarse con independencia de la situación administrativa del extranjero.

Si establecemos un análisis especifico, lo que sucede con la población haitiana (solo por ejemplificar), el principal conflicto que los atañe es la discriminación por color de piel y la barrera idiomática que impide el acceso a las consultas en salud, educación y trabajo. Precisemos expresiones expuestas por ellos mismo y este caso por Wadner Maignan  “Por el color, por dónde venimos, por donde somos, por no hablar el idioma, hemos recibido mucha discriminación principalmente en las escuelas, denuncia que la discriminación ha ido en aumento a medida que ha ido creciendo la inmigración afrocaribeña”.

Chile se está adaptando a un cambio que lo tomó desprevenido. En solo un par de años las calles se transformaron: nuevos acentos y colores llegaron a enriquecer el país. Peruanos, colombianos, haitianos y venezolanos han arribado a distintas ciudades en busca de mejores oportunidades económicas o, en el caso de los venezolanos, de un lugar seguro para vivir.

Así, en cuestión de años nos convertimos en el país latinoamericano donde más ha aumentado la inmigración. Sin embargo, muchos de ellos se encuentran con un Chile que todavía no se ha acostumbrado a este cambio cultural: no hay una normativa que los acoja (la que hoy está obsoleta y recién se empezará a discutir un nuevo proyecto de ley) y como sociedad, a veces, no hemos estado a la altura.

Estas referencias a las nuevas normativas no son antojadizas. La intención es reflejar que el fenómeno migratorio implica nuevos desafíos a los Estados y sus organismos. En los casos mencionados, el refugio, la Trata y el Tráfico de migrantes son manifestaciones del fenómeno, pero no son los únicos, tantos por demás como la maternidad transnacional , y el enfoque de género incorporado a esta realidad migratoria,  y es desde ya necesario hacer presente las deficiencias que muestra nuestro ordenamiento jurídico en relación al tratamiento a los extranjeros que se encuentran en nuestro país, y en el resto de américa latina, por manejar un enfoque cerrado y sesgado a las condiciones socio económicas presentes.

Al final será alejarnos de una política migratoria segregadora, excluyente, y basarnos en las verdaderas razones de  coexistencia y modus vivendi adaptable.

Ariana Lucia Benito Revollo Vargas
Académica
Universidad Central La Serena

Santiago de Chile, 21 de junio 2018
Crónica Digital 

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