RECURSO DE PROTECCIÓN EN CONTRA DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, LOS
MINISTROS DE OBRAS PÚBLICAS Y AGRICULTURA, Y DE LOS PRESIDENTES DE LA
CÁMARA Y DEL SENADO ES PRESENTADO HOY EN LA CORTE DE APELACIONES DE
SANTIAGO POR LA DEFENSORÍA POPULAR.
Con la presencia de representantes de pueblos originarios, de organizaciones de Petorca y junto al abogado Lorenzo Morales, la ONG Defensoría Popular presentará hoy a las 13 horas en la Corte de Apelaciones de Santiago, ubicada en Compañía 1200, un Recurso de
Protección EN FAVOR DEL PUEBLO DE CHILE en contra de la presidenta Michel Bachelet, el ministro de Obras Públicas Alberto Undurraga, del ministro de Agricultura Carlos Furche, y de los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados Andrés Zaldívar y Fidel Espinoza respectivamente, por la reforma al CÓDIGO DE AGUAS.
“Cuando el gobierno presenta el proyecto de reforma al código de aguas en la modalidad de indicación sustitutiva, eliminó todas las propuestas de artículos de ley con la palabra “indígena”, para que no hubiera consulta indígena. No obstante, esto fue un resquicio
leguleyesco, ya que todo el Código de Aguas se aplica a los pueblos originarios, no sólo las normas especiales sobre indígenas. La legislación actual no tocará ni la gratuidad ni la perpetuidad del 90% de los derechos de agua ya entregados, por lo que esta iniciativa es
absolutamente insustancial, perpetuando el mercado del agua, y fragilizando la vida de las comunidades, su identitario cultural y territorial. Además, tiene escaso impacto real. Particularmente ocurre con las normas de caducidad de los derechos de aprovechamiento”,
sostiene el abogado Lorenzo Morales.
El proyecto de reforma del Código de Aguas mantiene el sistema de adquisición gratuita de un bien público. Las empresas no pagan al Estado un peso por el agua. Y quien quiera agua, debe comprarla a los dueños privados que la adquirieron gratuitamente, aunque hagan millones de dólares con el recurso (mineras, agroindustria). El derecho al agua sigue siendo derecho de concesión fraudulento, tal como lo ideó Pinochet, pues la concesión es una suerte de derecho de uso, en cambio, continúa el derecho de aprovechamiento como derecho de propiedad absoluta, excluyente y exclusiva, con concentración de propiedad en pocas manos. No se privilegia el uso para consumo humano
o sanitario. Se plantea una patente por no uso, pero no una patente por uso (se señala que el agua es bien nacional pero se niega tal carácter al no cobrar por su uso). Los derechos caducados de asignan mediante remate.
Santiago de Chile, 14 de diciembre 2017
Crónica Digital