MUNICIPIOS PODRÁN AUTORIZAR A ORGANIZACIONES SOCIALES A VENDER ALCOHOL DURANTE FIESTAS PATRIAS

Para las próximas Fiestas Patrias las organizaciones sociales que así lo estimen conveniente podrán vender alcohol como una manera de financiar recursos para sus actividades o con objetivos benéficos.

Esta opción es completamente diferente a la que existía hasta el año pasado, cuando regía un pronunciamiento de la Contraloría General de la República que no permitía a los gobiernos locales autorizar de forma especial y transitorio el expendio de bebidas alcohólicas.

La decisión original del organismo contralor data de diciembre de 2015. En ella resolvió que no se ajustaba a derecho otorgar permisos para vender y consumir alcohol a organizaciones comunitarias. El argumento esgrimido por la autoridad fue que se antepone la ley que prohíbe a las juntas de vecinos vender alcohol que el derecho excepcional que establece la Ley de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.

La reconsideración de la Contraloría se produjo luego de una reunión entre el diputado Daniel Núñez y la máxima autoridad del organismo fiscalizador, Óscar Bermúdez. En la cita, el parlamentario solicitó al Contralor realizar un nuevo estudio sobre el tema. Meses después, la institución emitió una reconsideración en la que acogió los argumentos del parlamentario y que representaba la frustración de las juntas de vecinos de Punitaqui y Guanaqueros.

“El año pasado me contactaron las juntas de vecinos de Punitaqui, especialmente las rurales, y de Guanaqueros para manifestarme la inquietud que experimentaban ante la negativa del municipio de otorgarles el permiso transitorio de venta de alcohol. Para ellos las Fiestas Patrias son, además de reunir a las familias y sus comunidades, una oportunidad para reunir fondos o para ir en la ayuda de algún vecino que lo necesita. Me pareció un tema justo. Por eso me reuní con el Contralor para pedirle flexibilizar el tratamiento de los permisos”, recordó Núñez.

El documento de Contraloría afirma en su parte resolutiva que “en mérito del nuevo estudio cabe concluir que las municipales no se encuentran impedidas para otorgar la autorización especial transitoria regulada en el artículo 19, inciso tercero, de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, al no contemplarse en el ordenamiento jurídico una prohibición expresa que imposibilite la entrega a las mismas de tal permiso temporal”.

“Quiero destacar la reconsideración favorable del Contralor. Esto permitirá a las organizaciones sociales disfrutar de las tradiciones de Fiestas Patrias y también allegar recursos para fines sociales. También se aplica para las vísperas de Navidad y Año Nuevo. Me parece importante que las diferentes tradiciones culturales se mantengan vivas y que se fortalezca la labor de las organizaciones sociales”, destacó el diputado.

Santiago de Chile, 21 de julio 2017
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