Luego de conocerse que uno de tres casos termina en condena, la Corporación Miles advirtió que el Congreso Nacional “obliga a los tribunales, las policías y las fiscalías a violar derechos humanos”
El Movimiento por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Miles) calificó hoy como “alarmante” que uno de tres casos de aborto terminen en condena en Chile, pues ello “constituye un estigma y peligro para la estabilidad física y emocional de las mujeres”.
En efecto, una investigación de la Tercera arrojó hoy que entre el 2010 y junio pasado, se registraron 289 causas por aborto que fueron formalizadas, 93 de las cuales terminaron en sentencias condenatorias.
“Aquí el Poder Legislativo, al retrasar la despenalización del aborto por tres causales, está arrastrando a los tribunales, a las policías y a las fiscalías a una sistemática violación a los derechos humanos de las mujeres. Se transforma así al Estado en cómplice de barbaries, tal y cual lo han reportado diversos estudios e informes”, indicó la directora de Miles, Claudia Dides.
La dirigente valoró, en este contexto, un estudio que la Secretaría General de la Presidencia encargó al abogado Gastón Gómez y que hoy fue dado a conocer por El Mercurio.
“La conclusión del jurista es clara, la penalización del aborto atenta contra la Constitución de la República y lesiona la dignidad de las mujeres, por tanto, es urgente que el Congreso Nacional se haga a cargo de esta realidad y deje de obviarla por razones religiosas o políticas. Ninguna consideración justifica que se violen derechos humanos”, apuntó Dides.
De acuerdo a análisis de Gómez, prohibir el aborto por violación “no toma en cuenta la violencia y del delito que están en la base de la concepción del embrión, tampoco las consecuencias que para la vida y los derechos de la mujeres implica tal obligación. Se trata de una obligación que excede todo limite constitucional”
Redondeó que “el legislador ha elegido un medio para preservar la vida del que está por nacer, que convierte a la mujer en medio para proteger o alcanzar un valor colectivo (la vida del feto) y le niega la autonomía moral más profunda reconocida en los artículos 1, 5incisos 2 y de la Constitución”.
“El legislador no sólo lesiona la dignidad de la mujer agredida, también le impone una obligación cuya limitación y profundidad resultan insondables. Se trata de una obligación legal inconmensurable”, señaló Gómez