El ministro Alejandro Madrid dictó un nuevo procesamiento en la investigación por el secuestro calificado de Jaime Eltit Spielmann, ocurrido a partir de 13 de septiembre de 1973 en Santiago y conducido hasta la ciudad de Temuco.
El magistrado procesó a los ex miembros del Ejército Jaime García Covarrubias y Manuel Vásquez Chahuán por su responsabilidad en el delito antes señalado, ordenándose además la prisión preventiva en el Batallón Policía Militar del Ejército.
De acuerdo a los antecedentes de la causa:
“El 11 de septiembre de 1973 las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad tomaron el control de la ciudad de Temuco, designándose como Intendente al Coronel Hernán Ramírez Ramírez, Comandante del Regimiento “La Concepción” de la ciudad de Lautaro (por tener mayor antiguedad) y como Gobernador de la misma al Coronel Pablo Iturriaga Marchesse, Comandante del Regimiento de Infantería N°8 “Tucapel” de Temuco.
Con esa misma fecha fue llamado a colaborar al Regimiento “Tucapel” el abogado Alfonso Podlech Michaud, para apoyar la gestión de la Fiscalía Militar que funcionaba al interior de la unidad y que estaba a cargo del Segundo Comandante, Mayor Luis Jofré Soto. A partir de ese momento comenzaron a llegar civiles al Regimiento, que fueron llamados a presentarse mediante bandos publicados en diarios de circulación regional o llevados en carácter de detenidos desde diferentes puntos de la región y del país y como al interior del Regimiento mencionado existía una denominada Sección Segunda de Inteligencia a cargo del Capitán Nelson Ubilla Toledo, esta sección junto a la Fiscalía Militar, comenzaron a trabajar para interrogar a los detenidos que eran traídos desde la cárcel de la ciudad o permanecían recluidos en diferentes dependencias del Regimiento habilitadas al efecto, en las que existían elementos para amarrarlos y aplicarles electricidad u otros tipos de tormentos, lo anterior, apoyado por otros oficiales del Regimiento que a la fecha ostentaban los cargos de ayudante del Comandante del Regimiento y de jefe de sección, respectivamente.
Que, bajo estas circunstancias, Jaime Emilio Eltit Spielmann, abogado, militante de la Juventud Radical, fue detenido en la ciudad de Santiago el día 13 de septiembre de 1973 por los integrantes de una patrulla militar y trasladado al Regimiento Tacna. Su aprehensión se produjo en la vía pública, en la intersección de las calles San Ignacio y Avenida Matta. Al día siguiente, fue conducido a un edificio de departamentos ubicado en calle San Ignacio 1121, segundo piso, donde se le mantuvo detenido, sin custodia aparente, pero controlado vía telefónica, por ello, un hermano de la víctima, Ricardo Eltit, se trasladó a Santiago y lo visitó en el departamento señalado. Allí, su hermano le contó que había sido interrogado en varias oportunidades en el Regimiento Tacna. Esta permanencia en el departamento de calle San Ignacio se prolongó hasta el día 6 de octubre de 1973, fecha en la cual Jaime Eltit Spielmann fue trasladado por tren hasta la ciudad de Temuco custodiado por personal militar vestido de civil. El detenido y sus guardianes arribaron a ésa ciudad aproximadamente a las siete de la mañana del día 7 de octubre, siendo trasladado de inmediato al Regimiento Tucapel, lugar en que es visto por su hermano Ricardo Alberto Eltit Spielmann (fs. 94), Miguel Ricardo Torres Zapata (fs. 96), Armando Nelson Ariel Maldonado Barria (fs. 97), Godofredo Cotrena Cotrena (fs. 102), Victor Hernan Maturana Burgos (fs. 119), Renate Ermmy Pfeil Pabst (fs. 420), entre otros, quienes han declarado en autos, el hecho de haberlo visto y conversado con él al interior del Regimiento Tucapel de la ciudad de Temuco, algunos de los cuales, lo vieron en malas condiciones físicas, con evidentes signos de haber sido golpeado.
De este lugar desapareció seis días después, perdiéndose a contar del día 13 de octubre de 1973, todo rastro de su paradero, sin que el privado de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos de Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción por muerte real. Este hecho se enmarca dentro de un patrón similar a otros hechos ocurridos durante aquella época que se iniciaban mediante el seguimiento y vigilancia de las víctimas hasta terminar con su desaparición”.
El 26 de mayo pasado el ministro Madrid dictó procesamiento en la investigación por los mismos delitos en contra deAlfonso Podlech Michaud, Orlando Moreno Vásquez, Raúl Schonherr Frías, como autores del delito de secuestro calificado; y a Libardo Schwartenski Rubio, Hernán Quiroz Barra y Daniel San Juan Clavería, como cómplices.
Santiago de Chile, 3 de julio 2014
Crónica Digital / Agencias