La ministra en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Patricia González Quiroz dictó auto de procesamiento en la investigación de la causa denominada “Caravana de la Muerte”, episodio Valdivia, que agrupa homicidios cometidos -el 3 y 4 de octubre de 1973- en la capital de la actual Región de Los Ríos.
En la causa, la magistrada sometió a proceso a los ex miembros del Ejército: Pedro Espinoza Bravo y Marcelo Moren Brito, como autores de los homicidios de Rudemir Saavedra Bahamondes, Víctor Rudolph Reyes, Víctor Saavedra Muñoz, Santiago García Morales, Luis Valenzuela Ferrada, Sergio Bravo Aguilera, Luis Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Pedro Barría Ordoñez, Enrique Guzmán Soto y José Barrientos Warner.
Asimismo, pero en otra resolución, la ministra procesó, en calidad de autores del homicidio de José Liendo Vera, a los ex miembros del Ejército: Sergio Arellano Stark, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Carlos López Tapia y Juan Chiminelli Fullerton; y en calidad de cómplices del delito, a: Antonio Palomo Contreras y Emilio de la Mahotiere González.
De acuerdo a la primera resolución: “el día 03 de octubre de 1973, aterrizó en Valdivia un helicóptero “Puma” con un grupo de militares bajo el mando del entonces General de Ejército, Sergio Víctor Arellano Stark, delegado por quien a la fecha era Comandante en Jefe del Ejército, Augusto Pinochet Ugarte, con el objeto de cumplir labores de coordinación de criterios institucionales de gobierno interior y de procedimientos judiciales o de revisar y acelerar los procesos; Que, a raíz de la llegada de los militares mencionados, el día 04 de octubre de 1973, se ordenó sacar desde la Cárcel Pública de Valdivia, a Rudemir Saavedra Bahamondez, Víctor Eugenio Rudolph Reyes, Víctor Segundo Valeriano Saavedra Muñoz, Santiago Segundo García Morales, Luis Mario Valenzuela Ferrada, Sergio Jaime Bravo Aguilera, Luis Hernán Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Pedro Purísimo Barría Ordoñez, Enrique del Carmen Guzmán Soto y a José René Barrientos Warner, a quienes se les condujo al predio militar de Llancahue, específicamente en el polígono de tiro de la Guarnición Militar de Valdivia, lugar en donde se les fusiló a consecuencia de una sentencia pronunciada en un supuesto Consejo de Guerra, cuya materialidad no existe”.
En el caso de Liendo Vera, la ministra González logró determinar que: “A raíz de la llegada de los militares mencionados, se ordenó sacar desde la Cárcel Pública de Valdivia a, Gregorio José Liendo Vera, estudiante de Agronomía, militante del MIR (Movimiento de Izquierda Revolucionaria) y dirigente del Movimiento Campesino Revolucionario, a quien se le condujo al predio militar de Llancahue, específicamente en el polígono de tiro de la Guarnición Militar de Valdivia, lugar en donde se le fusiló a consecuencia de una sentencia dictada en un supuesto Consejo de Guerra cuya materialidad no existe”.
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Procesamiento Espinoza Bravo y Moren Brito |
Procesamiento Arellano Stark y otros
Santiago de Chile, 29 de mayo 2014 |