Por Pedro Felipe Ramírez: REFORMA CONSTITUCIONAL O ASAMBLEA CONSTITUYENTE

I. La necesaria legitimidad social que requiere la Constitución Política.

La Constitución Política de cualquier Estado es un “pacto social” que establece las normas e instituciones fundamentales que rigen la convivencia de una determinada sociedad. Y para que esta convivencia se desarrolle de manera pacífica es indispensable que la inmensa mayoría de los individuos esté de acuerdo con ella. Si eso ocurre, estamos ante una Constitución legítima. Si no es así, ella no garantizará una convivencia pacífica.

La actual Constitución Política de la República de Chile carece de la legitimidad necesaria porque tuvo su origen en la dictadura y porque, a pesar de las reformas que se le han introducido con posterioridad, no ha logrado concitar la adhesión de la mayoría de los ciudadanos. Al contrario, cada día hay más chilenas y chilenos que la rechazan. El enorme desprestigio de la política y de las instituciones del Estado que muestran todas las encuestas así lo confirman.

Por esta razón, es indispensable que nos dotemos pronto como país de una nueva Constitución. De lo contrario, nuestra convivencia social estará cada vez más tensionada por innumerables conflictos y crecientes grados de violencia activa y reactiva.

II. Una nueva Constitución requiere de una asamblea constituyente.

La carencia de legitimidad que tiene la actual Constitución envuelve a todas las instituciones que de ella se derivan. Entre tales, el Congreso. La última encuesta CEP arrojó la impresionante información de que sólo el 10 % de los mayores de 18 años tiene confianza en el Congreso. Por eso, difícilmente una nueva Constitución aprobada por él podrá adquirir la legitimidad que la nueva ley fundamental necesita. Menos aun podrán hacerlo intentos parciales de reforma.

Considérese además que el artículo 127 de la Constitución establece: “El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio. Si la reforma recayere sobre los capítulos I, III, VIII, XI, XII o XV, necesitará, en cada Cámara, la aprobación de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio”.

Lo que sí podemos pedir y exigir al Congreso actual es que abra la puerta institucional a la instalación de una asamblea constituyente. Que le retorne a la ciudadanía el ejercicio pleno de su soberanía; que le devuelva su poder constituyente.

Estos capítulos son:
I         Bases de la Institucionalidad

III       De los Deberes y Derechos Constitucionales

VIII     Tribunal Constitucional

XI        Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública

XII      Consejo de Seguridad Nacional

XV       Reforma de la Constitución

En el caso de reformas que sólo necesitan de las tres quintas partes de los miembros de cada Cámara, se requieren 72 diputados y 23 senadores. Cuando se trata de reformas que exigen los dos tercios, estas cifras se elevan a 80 diputados y 26 senadores.

Suponiendo que la derecha no doble en ningún distrito ni circunscripción en la próxima elección parlamentaria del 2013, para que la actual oposición obtenga 72 diputados requiere doblar en 12 distritos de los 60; para obtener 80 diputados necesita doblar en 20.

En el caso del Senado, para que llegue a 23 senadores requiere doblar en 4 de las 10 circunscripciones que se renuevan; para alcanzar 26 senadores, necesita doblar en 7.

Y todo esto sin considerar muy probables defecciones de algunos de sus diputados y senadores que muchas veces votan con la derecha.

En resumen: para que la oposición logre reformas constitucionales en el Congreso necesita obligatoriamente llegar a un acuerdo con la derecha, lo que significa que sólo se pueden obtener reformas marginales que nada sustantivo cambiarán.

De lo dicho se desprende que la única manera de generar una nueva Constitución, efectivamente democrática, es a través de la instalación de una asamblea constituyente.

III. Solamente creando una gran fuerza social y política será posible instalar una asamblea constituyente.

Lo que sí podemos pedir y exigir al Congreso actual es que abra la puerta institucional a la instalación de una asamblea constituyente. Que le retorne a la ciudadanía el ejercicio pleno de su soberanía; que le devuelva su poder constituyente.

Esto sólo podrá ocurrir si logramos generar una gran fuerza social y política que la demande.

Para ello es muy decisivo, en primer lugar, que la conformación, generación y funcionamiento de la asamblea constituyente que se proponga sea capaz de alcanzar importante adhesión y confianza ciudadana. Por lo que será necesario atender, entre otros, los siguientes criterios:

1. Que sea elegida por votación universal;

2. Que su composición y forma de elección garantice una efectiva representación de la pluralidad ciudadana y que pueda realizar su trabajo en un plazo razonable;

3. Que se establezca un amplio sistema de información, consultas e iniciativa de la ciudadanía;

4. Que se le dote de un alto grado de solemnidad;

5. Que el proyecto sea finalmente aprobado por medio de un plebiscito;

6. Que mientras no entre en vigencia la nueva Constitución sigan funcionando las instituciones que establece la actual.

En esta línea se inscribe el Proyecto de Reforma Constitucional que han presentado varios senadores de oposición para que en las elecciones presidenciales y parlamentarias del próximo año se efectúe un plebiscito a efectos de que se apruebe o rechace la convocatoria a una Asamblea Constituyente que redacte una Nueva Constitución Política. Es lo que promueve la campaña “Cuarta Urna”. Sería del todo deseable que dicho Proyecto se aprobara. En todo caso, esta iniciativa es muy útil para intensificar el debate que ya se ha instalado, obligar al Congreso a pronunciarse y dar un paso más en la acumulación de fuerza social y política.

De no aprobarse este proyecto, hay que tratar que la propuesta de una asamblea constituyente sea tema principal de la próxima campaña presidencial y parlamentaria. Una idea que se ha planteado es marcar el voto para diputado en dicha elección, marca que no anula el voto y que deber ser registrada en el escrutinio. Debemos en todo caso demandar a todo candidato o candidata a Presidente, Senador o Diputado que pretenda nuestro apoyo a que se comprometa a promover un plebiscito para que la ciudadanía decida en el próximo gobierno si desea o no la instalación de una asamblea constituyente para que redacte una nueva Constitución.

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 dirigente de la Izquierda Ciudadana.

Santiago de Chile, 27 de marzo 2014
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