DICTAN CONDENA POR SECUESTRO CALIFICADO DE GLORIA LAGOS NILSSON

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Leopoldo Llanos dictó condena de primera instancia, en la investigación por el secuestro calificado de Gloria Lagos Nilsson, detenida desparecida desde el 26 de agosto de 1974, en la Región Metropolitana.

El magistrado dictó sentencia condenatoria en contra de los siguientes cuatro ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito en perjuicio de Lagos Nilsson, vista por última vez en el centro de detención clandestino conocido como Cuatro Álamos: 

Manuel Contreras Sepúlveda: 10 años y un día de presidio. Sin beneficios;
Miguel Krassnoff Martchenko: 10 años y un día de presidio. Sin beneficios;
Orlando Manzo Durán: 10 años y un día de presidio. Sin beneficios, y
Basclay Zapata Reyes: 10 años y un día de presidio. Sin beneficios.

De acuerdo a los antecedentes del proceso:

“a) “Cuatro Álamos” era un recinto de detención, dependiente de la Dirección de Inteligencia Nacional, que se encontraba al interior del Campamento de Detenidos “Tres Álamos”, ubicado en las cercanías de Avenida Vicuña Mackenna con Departamental. Allí llegaban detenidos provenientes de otros recintos de detención clandestinos de la DINA, luego de haber sido interrogados y torturados, en malas condiciones físicas, y permanecían, en calidad de incomunicados, sin ser reconocidos a los familiares ni aún como detenidos. Este centro tenía una serie de celdas pequeñas y una sala grande, la que albergaba a una gran cantidad de prisioneros. Desde este lugar algunos detenidos fueron sacados por equipos operativos de la DINA, sin ser devueltos, teniendo a la fecha la calidad de detenidos desaparecidos.

b) El 26 de agosto de 1974, agentes de la DINA llegaron al domicilio de Gloria Ester Lagos Nilsson, en Lo Espejo y la detuvieron, trasladándola a los recintos clandestinos de detención de dicho organismo, siendo reconocida en José Domingo Cañas y en Cuatro Álamos por testigos, lugar este último desde el cual se pierde todo rastro de ella, sin que hasta la fecha haya tomado contacto con sus familiares, ni realizado gestiones ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción”.

En el aspecto civil, se determinó que el fisco debe pagar $70.000.000 (setenta millones de pesos) a cada uno de los dos demandantes en la causa, hijos de la víctima.

Santiago de Chile, 19 de marzo 2014
Crónica Digital / Agencias

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