La Comisión de Gobierno del Senado aprobó por unanimidad el proyecto que permitirá excusarse como vocal de mesa a las mujeres que se encuentren con pre y postnatal, señaló hoy a Ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Loreto Seguel.
La Ministra detalló que solo falta la aprobación de la sala del Senado para que este proyecto, que tiene suma urgencia, pase al Tribunal Constitucional y luego sea promulgado por el Presidente Sebastián Piñera.
“Esperamos que este proyecto sea ley antes de las primarias, pero de todas maneras estará vigente en las elecciones de noviembre próximo”, aseveró Loreto Seguel, quien sostuvo que en esta iniciativa se recogieron las demandas que han hecho las mujeres que fueron vocales de mesa y estaban con pre y postnatal. “Nuestro gobierno hace un profundo reconocimiento a la maternidad y a su protección”, aseveró.
“Esta reforma viene a recoger un sentido anhelo de las mujeres madres embarazadas o con hijos recién nacidos, que pese a estar con pre o postnatal, igualmente debían realizar la labor de ser vocales de mesa”, dijo la Ministra.
Asimismo, explicó que “esta reforma va en la misma línea que el postnatal parental que impulsó el Gobierno del Presidente Piñera, de manera de permitir una adecuada lactancia, cuidado, apego, y todos los beneficios que implican que el hijo o hija pueda estar más tiempo al cuidado de su madre en sus primeros meses de vida”.
Ello porque “no cabe duda que las largas jornadas de votación o la situación de encierro y, el calor o frío, derivado de la época del año en que se efectúan las elecciones, no son apropiadas para las mujeres con avanzado estado de embarazo y al mismo tiempo representan un serio problema para la alimentación de los hijos recién nacidos”.
ANTECEDENTES DEL PROYECTO
Se establece como nueva causal de excusabilidad para ser vocal el hecho de estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a este, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
Se establece que el delegado del local, al momento de completar los puestos de los vocales que falten para instalar la mesa, no podrá designar a quien le quepa una causal de excusabilidad.
De aprobarse el proyecto, en el proceso eleccionario correspondiente a junio del año 2013, la sanción establecida en el artículo 138 no se aplicará a quienes, teniendo una excusa válida de las señaladas en el artículo 44 o de las incorporadas por esta ley, no hubiesen podido presentarla oportunamente.
Santiago de Chile, 12 de junio 2013
Crónica Digital