Un comunicado entregado por el Directorio representante de la FESUC y de los sindicatos bases, entre ellos, el Sindicato de Supervisores de Codelco Norte, dan a conocer que en la 101º conferencia de la OIT realizada en Ginebra, se interpuso una denuncia contra Codelco y el Estado Chileno, por las diversas practicas antisindicales y problemas a los cuales ha estado sometido el sindicato y la federación por parte de Codelco.
A lo largo del presente boletín, se entregan mayores antecedentes de esta acción.
Durante los últimos años, hemos sido testigos privilegiados para constatar las innumerables iniciativas que las Administraciones de la empresa han impuesto o intentado imponer para limitar, amedrentar, desincentivar, desestimular, prohibir y discriminar los derechos fundamentales de los y las profesionales y supervisores de CODELCO Chile, especialmente lo que se refiere a la libertad sindical y a la negociación colectiva.
Y siempre nos lamentábamos de la situación pero la asumíamos con resignación y pragmatismo.
Sin embargo, luego de un intenso y profundo trabajo de reflexión y análisis interno, tomamos la decisión de llevar adelante una serie de iniciativas destinadas a terminar con la impunidad de las prácticas antisindicales de las que hemos sido objeto como supervisión.
Dentro de éstas, decidimos recurrir a las máximas instancias internacionales y realizar las denuncias a la entidad responsable de fiscalizar el incumplimiento de los convenios de la OIT ratificados por el Estado de Chile, y que, por tanto, se obliga a respetar y hacer cumplir.
Como consecuencia de ello, y luego de un enorme trabajo, la delegación de FESUC, en conjunto con los sindicatos bases, entre ellos el de Codelco Norte, que participan en la 101ª Conferencia Anual de la Organización Internacional del Trabajo han presentado dos documentos:
a) Una denuncia dirigida al Comité de Libertad Sindical a través del Director Sr. Juan Somavía, por el no cumplimiento de los convenios 87 y 98 de la OIT por parte del Estado de Chile y de CODELCO como empleador.
b) Comentarios a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, respecto a incumplimientos de convenios 87, 98, 100, 111, y 161 (todos ratificados por Chile).
A continuación en este especial de la OIT, usted conocerá en detalle ambos documentos, además de su explicación para un mejor entendimiento de este importante hito para la Supervisión y el mundo sindical chileno.
Santiago de Chile, 25 de junio 2012
Crónica Digital