‘Dentro de las indicaciones al proyecto de ley que perfecciona la Reforma Previsional del Estado, resalta el hacer partícipes a los empleadores en el pago de los seguros de sobrevivencia, invalidez de los trabajadores.
Paralelamente, propusieron sanciones mayores a los empleadores que se apropien indebidamente de las cotizaciones provisionales señalando que si el no pago se reiterare por más de tres meses consecutivos o discontinuos en el lapso de un año calendario, la Administradora deberá dar aviso escrito a la Dirección del Trabajo a fin de proceder a los procesos de fiscalización a que haya lugar. Con todo, el empleador que no presentare como canceladas la totalidad de las cotizaciones previsionales del último año tributario al momento de efectuar la declaración de Impuesto a la Renta, no podrá impetrar como gastos necesarios para producir renta la totalidad de las remuneraciones que hubiere pagado en el respectivo periodo.
Una de las indicaciones más importantes establece que el BancoEstado, se entiende por esta norma, expresamente autorizado o facultado para desarrollar actividades en el campo previsional en las condiciones y con los requisitos que se establecen en esta ley.
En tanto, los parlamentarios propusieron que la edad de acceso de las mujeres a la pensión básica será de 60 años.
Por último, plantearon que el empleador que descuente y no entere las cotizaciones previsionales en las instituciones de salud previsional que corresponda, deberá financiar directamente aquellos gastos que por concepto de atención médica, tratamientos y medicamentos, entre otros, deba incurrir el trabajador en el período en las cotizaciones se encontraren morosas.
El Diputado Marco Enríquez-Ominami recalcó que el análisis del proyecto presentado por el Ejecutivo exige, necesariamente, profundizar en los fundamentos ideológicos, políticos y sociales, que dieron origen al sistema de capitalización oligopólico (capitalización individual). Por otro lado, considerando que las reformas al sistema de previsión social se prolongan extensivamente en el tiempo, es necesario considerar todas las variables al momento de aprobar un proyecto de tal envergadura.
El Proyecto de Reforma Previsional que estamos analizando no cambia, en lo esencial, la concepción neoliberal de la subsidiariedad del Estado, sólo la remoza y, en algunos casos, la perfecciona, lo que equivale a darle validez democrática a un sistema ilegítimo en su origen y aún en su ejercicio, que no hace más que profundizar en la etapa más vulnerable del ser humano: las diferencias entre triunfadores y perdedores del mercado. Por cierto que la pensión básica es un avance y nadie lo niega, pero no cambia el concepto básico de subsidiariedad del estado, concordaron.,,
Es preciso indicar que las cifras revelan que las AFPs han administrado en quince años (1990-2005), 23 billones de pesos chilenos (el 70% del PIB del 2005).
Si consideramos que estas ganancias no han sido afectadas por las crisis de los mercados financieros, estamos en presencia de un negocio realmente lucrativo, a costa de los trabajadores de este país, señaló Marco Enríquez-Ominami.
Además, las AFPs tienen menos de la mitad de afiliados que el número de trabajadores dados a conocer por el INE (7 millones 394 mil), y cotizan sólo 3.321.791, por lo tanto, la capacidad de conquistar adherentes es bastante deficiente. El promedio de las cotizaciones anuales es de 4,5 meses, es decir, un trabajador necesitaría cuarenta años, aproximadamente, para acumular apenas veinte años; las lagunas son enormes y aún mayores en las mujeres. Para obtener una jubilación de $480.000 es necesario tener un ahorro entre ochenta y cien millones de pesos en la cuenta individual, especificó Enríquez-Ominami.
Valparaíso, 10 de abril 2007
Crónica Digital , 0, 19, 12’