Los trámites tributarios y operativos que se pueden realizar a través de la Oficina Virtual del SII en Internet (www.sii.cl), entre otros, son:
· Obtención de Clave Secreta en línea: Esta alternativa permite la autenticación con Certificados Digitales o Claves Secretas. La Clave Secreta puede ser obtenida en línea a través de www.sii.cl, opción Clave Secreta y Certificado Digital.
· Inicio de Actividades: Esta opción permite que las personas naturales y jurídicas, que deben declarar y pagar impuestos de la primera y/o segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (comercio, industria, minería, etc.; profesionales y ocupaciones lucrativas), puedan formalizar su aviso de Inicio de Actividades sin que deban presentarse en la oficina del SII correspondiente a su domicilio.
· Modificación de Antecedentes: Esta aplicación posibilita que aquellos contribuyentes que ya dieron aviso de Inicio de Actividades puedan informar cambios producidos en sus datos de identificación. Esta opción se denomina Modificar y actualizar la información, y los cambios se hacen efectivos antes del plazo de 15 días hábiles de ser realizados en línea.
· Autorización de rollos a máquinas registradoras: Permite enviar una Solicitud de Timbraje de Rollos para utilizar rangos de numeración en los rollos utilizados por una máquina registradora autorizada para emitir documentos por medios mecanizados.
· Recepción de Declaraciones de Impuestos vía Internet: A través de www.sii.cl se puede realizar la declaración del Impuesto Anual a la Renta, Impuestos Mensuales y Declaraciones Juradas.
· Pagos de Impuestos: Posibilita pagar el Impuesto Anual a la Renta e IVA, así como las cuotas de contribuciones de bienes raíces. Si se requiere mayor información sobre este tema, se recomienda seleccionar la opción Pagar Impuestos por Internet.
· Situación Tributaria: Alternativa que permite la entrega de información de interés para evaluar la situación en que se encuentra un contribuyente.
· Término de Giro: Opción que puede ser usada por un contribuyente para poner fin a las actividades económicas que ha declarado ante el SII. La realización de esta obligación tributaria exime de la presentación en una oficina del SII.
Santiago, 15 de enero de 2007
Crónica Digital / SII , 0, 84, 3