ABOGADOS DE DD.HH. CONTENTOS CON RESOLUCIÓN DE LA SUPREMA

El abogado Nelson Caucoto dijo que pese a lo positivo del dictamen,»confía en que la justicia militar se incompetente para conocer la causa, y se la traspase al ministro en visita Joaquín Billard, en procura de establecer cómo ocurrieron los hechos denunciados».

Explicó que el magistrado Billard sustancia una querella contra el ex comandante en jefe del Ejército, general Augusto Pinochet Ugarte, por su responsabilidad en las desapariciones de los dirigentes del MIR.

Caucoto sostuvo que el fallo del máximo tribunal sienta un precedente al insistir en un criterio contra la aplicación del Decreto Ley de Amnistía de 1978.

«La Sala en lo Penal estimó que la reglamentación que exculpa de responsabilidad a los responsables de violaciones a los derechos humanos, no pueden ser invocadas mientras no se indaguen a cabalidad los hechos», explicó.

«Nuestra Corte Suprema ha fijado un criterio más bien unánime, salvo la versión contradictoria del auditor general del Ejército (Juan Romero), en términos de no aceptar la aplicación de la Amnistía, en términos de permitir la investigación íntegra de los hechos», precisó el jurista.

Caucoto espera que la reapertura del sumario posibilite determinar las responsabilidades que correspondan, las sanciones y la reparación económica a los familiares de las víctimas.

LOS HECHOS

Según los antecedentes del proceso, ambos miristas ingresaron a la iglesia de Los Capuchinos en diciembre de 1973 en busca de refugio, donde fueron arrestados por efectivos de Carabineros y personal civil de los aparatos de Inteligencia del régimen militar.

La Corte Marcial dispuso el sobreseimiento del caso en agosto de 2003, sentencia revocada al considerar la sala que tal resolución infringió importantes disposiciones del Código de Procedimiento Penal.

El tribunal ordenó que el Segundo Juzgado Militar de Santiago tome declaraciones al oficial en retiro Rubén Castillo y también a los sacerdotes Sergio Uribe, Orlando Córdova y Rafael del Piano, testigos de los hechos que se investigan.

Van Schowen, cuñado del mítico líder del MIR, Miguel Enríquez, fue requerido el mismo día del golpe de Estado (11 de septiembre de 1973) para presentarse ante las autoridades castrenses.

La Junta de Gobierno ofreció entonces una recompensa de 500 mil escudos a la persona que ayudara a encontrarlo o a quienes estaban vinculados a su familia.

Las autoridades golpistas informaron entonces a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) que Van Schowen había viajado a Cuba en febrero de 1973 sin que existiera constancia de su regreso.

Negó, además, que hubiera sido detenido o puesto a disposición de algún tribunal.

El cadáver de Munita fue encontrado años más tarde en una tumba marcada «NN» (no identificado) en el cementerio general de Santiago, pero el de Van Schowen no .

La resolución de la Corte Suprema señala que los hechos apuntan a delitos de homicidio, arresto ilegal y secuestro calificado y que «deben ser objeto de una acuciosa y celosa investigación de parte del fiscal militar que corresponda».

Agrega que en la causa existen diligencias importantes que no se realizaron en la indagatoria, por lo que ordena que sean cumplidas.

Santiago de Chile, 29 de diciembre 2005
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